SUMARIO ALF.—SECCION 405 1941; 3 Regl—Los que sdlo tributen por él no estén obli- gados a llevar libro: 40 (final) Regl. VB. SANATORIOS.—Tributan por venta bruta por con- cepto de alojamiento y manutencién de pensionistas y ser- vicios prestadcs a personas no asociadas: 9 nim. 14 D. L. 393, 8 noviembre 935.—Pagan un 5% del importe de esos ingresos: 15 A. L. 2, de 31 diciembre 941, modificado por A, L. 14, 6 febrero 942, inserto por nota. RE. SANCIONES.—Por dejar de ingresar el impuesto retenido o darle una aplicacién distinta: 19 Capt. III, A. L. 1 de 1941.—Por infraccién de los preceptos que regulan este impuesto: 18 Id.—Cudndo ineurre solidariamente en ella la persona que leva la contabilidad del contribuyente: 78 Ley 7, 5 abril 943. VB. SECCION DEL 2% Y CONSUMO.—Su negociado de contabilidad y revisién depende de la Seccién de Contabi- lidad y Control: 5 D. P. 3122, 15 octubre 942, inserto en ‘‘Disposiciones Fiscales de Caracter General’’. VP. SHCCION GENERAL DE RENTAS INTERIORES. —tLas Administraciones Fiscales le remiten el duplicado de la declaracién jurada de ingresos: 16 D. P. 308, 27 febrero 929.—Realiza comprobaciones y resuelve rectificaciones a la declaracién jurada de ingresos percibidos: 15 parrf. 2° (fi- nal) Id.—El Jefe practica la liquidacién caso de que el contribuyente no presente la declaracién jurada de liquida- cién: 47 Id—Contra esta liquidacién no cabe recurso en via gubernativa y si en alzada: 48 Id—E] Jefe, no confor- me con la liquidacién del contribuyente, formulardé reparos o el proyecto de resolucién para rectificarla: 20 Id.—Noti- ficacién al contribuyente: 23 Id.—Puede dejar sin efecto, en todo o en parte, cualquier reparo: 30 Id.—Cémo se noti- fican al contribuyente las resoluciones que dicte el Jefe o el Ministro, en vista del escrito de oposicién a los reparos: 32 Id.—Traslado en 60 dias del reeurso de alzada al Minis- tro con el proyecto de resolucién: 34 Id—No eabe recurso