388 PAGO.—SUMARIO ALF. Capt. IIT, A. L. 1 de 1941; 5 Regl.—Pago del impuesto por los contribuyentes, salvo caso de retencidn, en los primeros 20 dias naturales del mes de octubre de cada afio; forma de efectuarlo; requisitos: 38 parrf. 12 Regl—HEl retentor efec- tuaré el pago del impuesto retenido dentro de los 20 prime- ros dias de cada mes; forma de hacerlo: 7 parrf. 2° Capt. TIT, A. L. 1 de 1941; 82 Regl.—hLa obligacién de pagarlo recae sobre la persona que reciba el beneficio rental; easo de bienes en comtin, asociados, sociedad matrimonial: 4 Regl. —tlLa obligacién de retenerlo no extingue la del contribu- yente de abonarlo personalmente: 29 Regl—sSe paga por los ingresos habidos dentro del periodo de tributacién aunque su origen sea de fecha anterior: 9 parrf. 12 Regl—No se paga por ingresos cuyo cobro no se haya producido: 9 parrf. 1° Regl.—Su pago por los extranjeros residentes antes de aban- donar el territorio nacional: 5 Capt. ITI, A. L. 1 de 1941; 3 Regl.—Caso de que el que contribuye resida o se encuen- tre en el extranjero: 38 parrf. 3°, 39 Regl.—Caso de no pagarlo dentro de término: 41 Regl—Se incurre en un re- cargo del 1% mensual (maximo 12%): 16 Capt. TIT, A. L. 1 de 1941 modificado por Ley 7 de 1943. ED. PAGOS.—Los que signifiquen extraccién de dinero o su equivalente del territorio nacional estén gravados con este impuesto: 1 Ley 15 julio 925; 1 D. P. 2679, 26 sep- tiembre 940. VB. PAPEL.—Estin exentas del impuesto sobre la venta bruta las importaciones de papel que hagan las empresas periodisticas para la impresion de periddicos, revistas o bo- letines: 18 nim. 2° D. L. 393, 8 noviembre 935. ED. PAPEL MONEDA.—YV. Billetes. VB. PASAJES.—Los de transporte por mar o aire tri- butan por venta bruta: 9 nim. 12 D. L. 393, 8 noviem- bre 935. VB. PATENTE.—Sirve para acreditar la condicién de contribuyente: 14 parrf. 1° D. L. 3938, 8 noviembre 935, ag