266 IMPUESTO SOBRE LA RENTA 2. Honorarios, Derechos 0 Emolumentos. Andétese como importe de la Partida 2 en la pagina No. | de la declaracién, el total que arroje el Estado “A”’ de la pagina No. 3. En este estado deben incluirse todos los ingresos percibidos durante el perfodo de imposicién en pago de servicios que comprendan, fundamentalmente, el esfuerzo, trabajo o habilidad personal del contribuyente, y que no estén contenidos ya en la Partida |. Si existieren ingresos por concepto de ‘‘Participaciones en utilidades de sociedades de profesionales, o de otra in- dole’, deberan consignarse en el renglén correspondiente del Estado “‘A’’, acompanando ademas a la declaracion, por triplicado, un estado de operaciones de cada sociedad, en el que aparezca la utilidad neta obtenida, los nombres y direcciones de las personas que constituyan la sociedad, y la proporcién en que se distribuya entre ellas, el resul- tado de las operaciones. La deduccién por “Alquiler y gastos del local’’, com- prenderd exclusivamente la cantidad que por tal concepto corresponda al local destinado al ejercicio de la actividad que produzca los ingresos. Los gastos de operacién que se deduzcan, serdn los realmente pagados durante el pe- riodo de imposicién, debiendo ser conservados los compro- bantes y recibos que los justifiquen, a disposicién del Mi- nisterio de Hacienda. Los espacios en blanco que aparecen en el Estado ‘‘A’’, seran utilizados para consignar en ellos los conceptos de ingresos o de gastos, segtn los casos, que no se hallen ex- presamente mencionados en el estado. (Arts. 3, 8, 9, 10, 13, 14, 15 y 40). 3. Ingresos Netos por Sueldos, Honorarios, etc. El importe de la Partida 3 en la pagina No. | de la declaracién, sera la suma de las partidas | y 2.