236 SUMARIO ALFABETICO cargo del Municipio se aplica el D. L. 773, 4 abril 936: 3 D. L. 113-935.—39. Procede para hacer efectiva la multa no satisfecha en 15 dias: 336 D. P. 2620-940 (Reglamento del Impuesto del Empréstito de 35 Millones). DG. PRONTO PAGO.—No se hacen modificaciones 0 des- cuentos por el pronto pago de los impuestos: art. 1, Capt. VI, Ley 20 diciembre 939. DG. PROVIDENCIAS.—Coémo se dictan: 82 Ley 6 julio 928.—Contra las pronunciadas por funcionarios sin jurisdie- cién se da el recurso de queja: 1 d) Cir. 67, 18 de septiem- bre 941, R PA. RECARGOS.—La celebracién de convenios no plica su condonacién: 5 Capt. V, Ley 20 diciembre 939. AF. RECARGOS.—1. Amnistias: 1 D. L. 10, de 12 fe- brero 934.—2. Se condonan los de adeudos de 1% de julio de 1933 a 30 de junio de 1934 si se paga el principal de una sola vez, en 30 dias: 5 D. L. 454, 31 agosto 934.—3. No pue- den considerarse como penalidades: V. nota al aptdo. 3° D. L. 869, 24 abril 939.—4. Los intereses que se acumulan al im- principal del impuesto, como consecuencias de prérrogas para efectuar el pago, no tienen el concepto de reeargo: 3 D. P. 836-939. DG. RECARGOS.—5. Del 5% y el 10% que se aplica a los contribuyentes morosos: art. 19, paérrf. 3°, Capt. XIX, Ley 22 enero 932.—6. La accién fiscal del Estado para co- brar su importe prescribe a los 15 afios: 74 Ley 17 diciem- bre 987. PA. RECLAMACIONES.—No proceden una vez hecho el pago en firme; excepciédn: 72 D. L. 113, 31 julio 935.— Cuando no se da curso a las de los interesados cabe el re- curso de queja: 1 b) Cir. 67, 18 septiembre 941, PA. RECURSOS.—1. No se admiten sus escritos sin sus copias: 82 D, L. 113, 31 julio 935.—2. No procede una vez