SUMARIO ALFABETICO 22 a G AF. GASOLINA.—No es aplicable al impuesto de consu- mo que la grava la concesién del 5%: D. 185, 28 abril 934. PA. GASTOS.—Coémo se tasan las del procedimiento de apremio: 52 D. L. 118, 31 julio 985.—Quién los paga: Cir. 7, de 2 marzo 934, (anotada al art. 52 D, L. 113-935). DG. GIRO POSTAI,—Como medio de pago de impuestos: 22, 23 D. P. 694, 25 mayo 933. H PA, HIPOTECAS.—Los intereses de las constituidas a favor del Estado se pueden cobrar por via de apremio: 1 parrf, 2° D, L. 113, 31 julio 935.—V .Subastas, nim. 25. AF, HIPOTECAS.—Las cancelaciones y daciones en pago con renuncia de la moratoria no estan exentas del pago de Derechos Reales: 3 D. P. 1838, 26 junio 9387. estén las adjudicaciones de bienes a acrecdores hipotecarios en virtud de remate judicial: 4 Id.—V. Créditos Hipoteca- rios; Intereses de préstamos con garantia hipotecaria. DG. HOTEL NACIONAL.—Exencién tributaria e impues- tos que paga: Cir, 2, de 14 enero 932. Tampoco lo I PA. IMPUESTOS.—El término para pagarlos, caso de que la ley aplicable no lo deterniine, es de 15 dias: 4 parrf. 1° D. L. 118, 31 julio 935.—Los adeudos se pueden cobrar por via de apremio: 1 parrf. 2° Id—Secciones que entienden de ellos: D, 20 enero 942.—La accion fiscal del Estado para cobrar su importe prescribe a los 15 afios: 74 Ley 17 di- ciembre 937. AF, —de Consumo.—Se concede a sus contribuyentes una bonificacién del 5%: 1 D. L. 156, 24 abril 9834—No es apli- cable al del petréleo y sus derivados ni a la gasolina: D. 185, 28 abril 934,