SUMARIO ALFABETICO 225 Administrador Fiscal o de Aduana y del Registrador de la Propiedad: 18 D, L. 113-935.—16. Caso de que estos bienes estén gravados: 19 Id—17. Requerimiento al deudor para que presente los titulos de propiedad: 22 Id.—18. Caso de que los bienes ya estuvieren embargados: 13, 14 id.—19. Caso de que se embarguen rentas, sueldos o créditos: 12 Id.— 20. Cuando procede el desembargo de bienes muebles: 30 parrf. 1° Id—21. Y el de inmuebles: 30 parrf. 29 Id.— 22. Caso de que entre los bienes embargados figuren mo- nedas de curso legal: 16 Id.—23. Caso de que recaiga sobre valores de comercio endosable: 17 Id—24. Caso de que re- caiga sobre documentos de créditos al portador: 17 Id— 25. Caso de que recaiga sobre efectos que se coticen en Bolsa; eleccién de administrador: 17 Id.—26. Caso de que el deudor ofrezca otros bienes en qué trabarlo: 23 parrf, 2° Id.—27. Caso de deudores que tengan un negocio en pro- dueeién y no posean bienes, o sean inembargables: 10 Id.— 28. Caso de que existan bienes de facil descomposicién o depreciacién; venta en almoneda: 49, 50, 51 Id.—29. Caso de que hayan desaparecido 0 se haya dispuesto de los bie- nes embargados: 9 D. 120, 17 enero 940.—30. Entrada en el domicilio del contribuyente: 26 Capt. VI, Ley 29 enero 931; 73 D. L. 113-935.—31. En los edictos de subasta se advierte el cobro que pretenda la Hacienda: 15 D, L. 113- 935.—32. Acumulacién de expedientes seguidos contra el mismo deudor: 21 Id. DG. EXENCION.—No pueden hacerla para el pago de impuestos y si sobre procedencia o no del cobro, en su caso, el Director del Fondo Especial de Obras Publicas y los Je- fes de Seccién: 1 D. P. 1622, 20 septiembre 928—A favor del Hotel Nacional: Cir. 2, de 14 enero 932.—Total de todos los impuestos a favor de la Metals Reserve Co.: D. P. 3528, 3 diciembre 942 (y D. P. 2705, 29 septiembre 942 anotado al anterior). IV 15