D. P. 3523, DE 38 DIC. 1942 203 D. P. 3523, de 3 de diciembre de 1942 (Gac. 731, del 4) EXIME del pago de todos los impuestos a la Metals Reserve Co. Por D. P. 2705, de 29 de septiembre de 1942 se eximiéd a esta cntidad de toda clase de impuestos de importacién y ex- portacion, ast como de otros que se cobren en las Aduanas. Primero: Eximir, mientras dure la guerra, a Metals Reserve Company, Agencia Oficial del Gobierno de los Estados Unidos de América, dedicada a procurar el abas- tecimiento de minerales criticos a los fines bélicos, del pago de los impuestos existentes que recaigan directamente sobre las operaciones que realice en Cuba o sobre los bienes ad- quiridos o que adquiera, exclusivamente, al objeto indicado, siempre que no se trate de enajenaciones, ventas, préstamos, arrendamientos o transferencias de cualquier clase que se produzcan en favor de los intereses privados o de opera- ciones distintas de la defensa americana o continental. Segundo: A fin de que la exencién pueda ser aplicada a cada caso, la Metals Reserve Company presentara en el Ministerio de Hacienda las solicitudes, declaraciones y pruebas procedentes y llenaraé las formalidades apropiadas para facilitar la ordenada administracién fiscal. Tercero: El] Ministro de Hacienda queda encargado de la ejecucién de lo que por el presente Decreto se dis- pone y autorizado para dictar al efecto todas las reglas, disposiciones e instrucciones que considere oportunas para su cumplimiento.