194 DISPS. DE CARACTER GENERAL 9° Si por tratarse de un informe aprobado por la Su- perioridad, faltaren todos o alguno de los requisitos enu- merados en el numero anterior, el Administrador dispondra que se instruya de los mismos al interesado, en la diligen- cia de notificacién. V. Cir. 17, de 14 de septiembre de 1931. 10° Las disposiciones contenidas en esta Instruccidn, tienen cardcter general y supletorio y no prevalecerdn en los casos en que la tramitacién de los recursos esté clara- mente definida en la Ley o Reglamento especial de la materia. Ley 31, de 22 de noviembre de 1941 (Gace. del 24) IMPUESTOS AFECTADOS PARA GARANTIZAR EL EMPRESTITO DE $ 25,000,000 Esta Ley fué suspendida en su aplicacién por Decreto 3211, de 25 de noviembre de 1941, Por Deercto 3520 de 31 de di- ciembre del mismo ano (art. 5°) se dejé sin efecto esta sus- pension, disponiéndose a su vez que entrara en todo su vigor a partir del 12 de enero de 1942, Art. 1. (Autoriza al Presidente de la Reptblica para concertar con el Export and Import Bank of Washington una operacion de crédito que no excederd de $25,000,000). Art. 25. Para garantizar la operacién de crédito autorizada por esta Ley se afectan los impuestos si- guientes : I.. Un impuesto que por este precepto se establece de UN CUARTO POR CIENTO sobre las ventas y en- tradas brutas que se cobrard en la misma forma y oportu- nidad que los establecidos enteriormente por las leyes de 9 de octubre de 1922, 15 de julio de 1925 y 20 de di- ciembre de 1939. V. art. 6°, D. P. 3520, de 31 de diciembre de i935.