340 DERECHOS REALES Y TIMBRE 8 febrero 940; 1 D. P. 864, 8 abril 940.—Verbal: V. Bienes inmuebles, nim. 33. V. Hipoteca, nim. 6; Servidumbre, nim, 2; Uso, nim. 1; Usufructo, nim. 1. TN. TRANSMISION DE DOMINIO.—7. Las copias au- torizadas de ella no Hevan sellos: Instr. 15 junio 927. TN. TRANSPORTE MOTORIZADO.—Suspensién del co- bro de este impuesto a las Compafias, Empresas y Coope- rativas por actos y documentos anteriores al 1 de enero de 1938: D. P. 3568, 5 diciembre 942.—V. Suspensién del im- puesto, nam. 1. TN. TRANSPORTE TERRESTRE.—\V. Asociacién Bené- fico-juridica del Transporte Terrestre-—V. Suspension del impuesto, nim. 5. DR. TRANVIAS.—Qué paga el traspaso del derecho a su explotacién: 13 ¢) L. DR. TRASLACION DE DOMINIO.—V. Transmisién de dominio.—V. Bienes inmuebles, nam. 20.—Derechos Reales, nim. 1—Valores, nim. 16. DR. TRASPASO.—V. Cesién, nim. 1. DR. TRIBUNALES.—No se admitiran y seran rechaza- dos los documentos que se presenten sin haber pagado el impuesto: 184 R. TN. TRIBUNALES.—No se admitirin documentos sin sellos 0 que no estuvieren inutilizados; darén cuenta a la Direccién de Rentas: 50 D. P. 3158-937. U DR. USO.—1. Qué paga su constitucién, reconocimiento, modificacién, subrogacién, transmisién y extincién: 14 L.— 2. Qué paga su transmisién a titulo hereditario: 14 L. parrf. altimo. DR. USUFRUCTO.—1. Qué paga su constitucién, recono- cimiento, modificacién, subrogacién, transmisién y extincidn: 14 L.—2. Qué paga su transmisién a titulo hereditario: 14