314 DERECHOS REALES Y TIMBRE gas deducibles para establecer el liquido imponible: 81 R. —5. Se exige el pago integro aun cuando comprende bienes y derechos radicados en distintas demarecaciones 109 R.— 6. Sdlo se exige el pago del impuesto que haya de pagar la persona a cuyo nombre se libre el documento y se reque- rira a los terceros que proceda: 109 parrf. 2 R.—7. A nom- bre de quién se extienden las liquidaciones: 111 R.—8. Al hacerla hay que citar el concepto y la tarifa: 111 parrf. 2, R—9. Las Administraciones Iiscales remiten copia de ella a la Intervencién: Cir. 1, de 12 abril 937—10. Com- probae:6n y revisién de liquidaciones por la Intervencién: 1, Cir. 1, de 12 abril 937—11. Su notificacién al interesa- do; multa: 112, 114 R.—12. Tramitacién; reclamacién de documentos; 114 R.—13. Reclamacién de documentos; caso de que se trate de donaciones, herencias y legados se hace constar el parentesco: 108 R.—14. Caso de un documento que comprenda bienes o derechos que deben inscribirse en distintos Registros de la Propiedad: 119 R.—15. Plazo para fijar el impuesto (8 dias): 107 R.—16. Caso de transmisién de bienes inmuebles verbalmente: 191 R.—17. Obligaciones de los liquidadores; relaciones y cuentas que han de remi- tir a la Hacienda; ete.: 200 R.; aptdo. 4° Cir. 2, de 22 enero 943.—(V. los nims. 30 y 31 de este mismo Epigrafe).— 18. Las Administraciones envian a la Seecién una copia de la liquidacién y otra del documento: 2 Cir. 26 Jun. 928.— 19. Pago del impuesto y su prérroga: 115 R.—20. Forma de pago: 113 R.—21. El contribuyente es responsable de la cuota de pago que le corresponda: 111 parrf. 3? R.—22. Caso en que lo sean también los herederos: 111 parrf. alt. R.— 23. Verificado el pago se hace constar por nota en el do- cumento; carta de pago: 118 R.—24. Nota de exencién: 110 R.—25. Nota en copia legitima presentada con poste- yioridad al pago del impuesto: 1 Cir. 2, de 27 febrero 937. —26. Prérroga para el pago en relacién con las pensiones alimenticias: 116 R.—27. Se aplaza el pago si el que ad-