312 DERECHOS REALES Y TIMBRE DR. JUZGADOS.—No se admitirin y serfn rechazados, los documentos que se presenten sin haber pagado el im- puesto: 184 R. TN. JUZGADOS.—No admitirin documentos sin sellos o que no estuvieren inutilizados; darfin cuenta a la Diree- cién de Rentas: 50 D. P. 3158-937. L NT. LECHE.—Sellaje de facturas caso de reparto a va- rios comerciantes: 86 en relacién con el 70 parrfs. 2° y 39, 87, D. P. 3158-937. DR. LEGADOS.—1. Pagan segin el grado de parentes- co: 19 a 82 L.; 22 R.; Res. de 15 agosto 940—2. Su adqui- sicidn se entiende verificada el dia del fallecimiento: 51 R. —3. Reglas para la exaccién del impuesto en relacién con los hijos naturales: 55 R.—4, Disminucién del impuesto por el nimero de hijos que tenga el legatario: 32 g) y h) L.— 5. Exencién de los hechos a favor de las Provincias y los Municipios destinados a beneficio del procomtn: 32 parrf. 2° L.—6. Plazo de presentacién de documentos para liqui- dar (6 meses a contar del fallecimiento); prérroga, caso de nacimiento de un pdstumo: 67 R.—7. Aumento en los pla- zos caso de que el fallecimiento ocurra en otro pais de América (9 meses 0 afio y medio), si en Europa o Africa (1 y 2 afios) y si en Asia u Oceania (afio y medio y dos afios): 70 R.—8. Documentos que hay que presentar si no se formalizan los documentos para liquidar dentro de esos plazos: 68 R.—9. Caso de que al vencer los plazos no fue- sen conocidos los legatarios: 69 R.—10. V. Liquidacién y pago del impuesto, nim. 13. TN. LEGADOS.—Tributacién de las copias que se ex- pidan: 6 b) 5° D. L. 250-935; 10 D. P. 3158-937. DR. LEGATARIO.—V. Sucesiones, nim. 1. DR. LEGITIMA.—Como se fija el capital liquidable en la cuota usufructuaria de legitima: 32 a) R.