280 DERECHOS REALES Y TIMBRE de que se pague cuota por periodo menor de un mes: 109 Id. —6. Las de cardcter cultural estén exentas del impuesto por los recibos de asociados hasta el 31 de agosto de 1942: D. P. 2193, 10 agosto 942.—7. V. Suspensién del Impuesto nim. 3.—8. Los recibos de cuotas de las de cardcter bené- fico constituidas por obreros estan exentas del pago del im- puesto: D. P. 3179, 3 noviembre 942.—9. V. el nim. 1 de este mismo Epigrafe y Suspensién del Impuesto nim. 4.— 10. Y los de la Asociacién de Empleados de la Havana Elec- tric Company: D. P. 148, 16 enero 943. TN. ASOCIACION BENEFICO-JURIDICA DEL TRANS- PORTE TERRESTRE.—Suspensién del cobro de este im- puesto en sus recibos de cuotas: D. P. 3356, 17 noviem- bre 942. TN. ASOCIACIONES BENEFICAS.—V. Suspensién del impuesto, nim, 4. TN. ASOCIACIONES CULTURALES.—V. Suspensién del impuesto, nim. 3. TN. AUTOMOVILES.—lLas licencias de circulacién es- tain gravadas con este impuesto: 3 fi) D. P. 3158-937.— V. Licencias, nim. 4. DR. AUTORIDADES.— Multa por admitir documentos sin haber liquidado el impuesto: 188 R. DR. AUTORIDADES ADMINISTRATIVAS.—Obligacio- nes: 172, 176, 178 R.: Multa: 188 R.—V. Obligaciones. TN. AUTORIZACION.—Tributacién de las de cambio o adicién de nombres y apellidos: 25 D. P. 3158-937—Y de las de dispensa de impedimento para contraer matrimo- nio: 27 Id. DR. AUXILIARES.—V. Obligaciones. DR. AVALUO.—Delegados de Hacienda que han de in- tervenir en ellos: 2, 4 D, P. 344, 13 febrero 941; Cir. 2, 22 enero 943.—En las sucesiones carece de eficacia el que se efecttie sin intervencién y el visto bueno de la Hacien- da: 9 Id.—Restitucién de bienes, libros y, documentos: 14 Id.