162 TIMBRE NACIONAL PAUTA para sellar documentos atrasados segun su fecha Por D. 3341, de 15 de diciembre de 1936 (Gac. del 16) se retiran de la circulacién los sellos en uso y se es- tablecen nuevos disefios que deberdn usarse en todo docu- mento expedido después del dia 17 de diciembre de dicho ano. Las denominaciones y disefos citados son los siguientes: $0.01.... Monumento de Maceo, color anaranjado. 0.02.... Palacio Presidencial, color marrén claro. 0.05.... Capitolio Nacional, color azul claro. 0.10.... Universidad Nacional, color verde aceituna. 0.50.... Catedral de la Habana, color verde claro. 1.00.... Un ingenio, color carmelita. 5.00.... Arbol de la Fraternidad, color violeta. 10.00.... Castillo del Morro, color amarillo. - 27 de febrero de 1940 al 15 de marzo de 1941 Sellos con la inscripeién: ‘‘ Recargo 20%-1940"’ La Ley de 20 de diciembre de 1939 (Gac. del 21) establecié un recargo del 20% sobre este Impuesto. Di- cho recargo se pagaba en las Zonas Fiscales al momento de adquirir los sellos del Timbre. Por D. P. 72, de 30 de diciembre de 1939 (Gac. 13 ene. 1940), se dispuso una emisién de estos sellos con la inscripcién: “‘Recargo 20%-1940” y la retirada de los que estaban en circula- cién: Estos sellos con dicha inscripcién se pusieron a la venta el 27 de febrero de 1940 (Aviso Gac. 2 marzo 1940, pag. 64993), siendo obligatorio su uso desde esa fecha en todo documento de fecha comprendida entre el