CIR. 2, DE 22 ENE, 1943 147 Tercero: E] Ministro de Hacienda queda encargado del cumplimiento de lo que se dispone en el presente, que comenzara a regir el dia de su publicacién en la Gaceta Oficial de la Republica. Circular 2, de 22 de enero de 1943 (Gac. n? 57, del 80) REGULA el D. P. 344, de 13 de febrero de 1941 Primero: Delegar en los Administradores de las Zonas y Distritos Fiscales de la Republica la facultad de desig- nar los dos Delegados a que se refiere el Articulo II del Decreto Presidencial ntimero 344, de fecha 13 de febrero de 1941, publicado en la Gaceta Oficial del dia 17 del propio mes, pudiendo dichos funcionarios comunicarse di- rectamente con los Juzgados correspondientes y realizar to- dos los actos necesarios para el mejor cumplimiento de esta delegacion, incluso el de delegar, a su vez, en funciona- rlos pertenecientes al servicio del Estado, para las diligen- cias de inventario y avaltio a que se contrae el referido Decreto, si bien la delegacién se confiere sin perjuicio de ejercitar esa facultad en los casos que estimen procedentes, el Ministro de Hacienda, el Subsecretario por su autori- zacién, y el Director General de Rentas e Impuestos, en uso de las facultades que le fueron delegadas por este Mi- nisterio de Hacienda, en resolucién de fecha 26 de marzo de 1941, al amparo de las que le confiere el Art. XV del aludido Decreto, en concordancia con el Art. IV del pro- pio Cuerpo Legal. Segundo: En relacién con los articulos II y III del mencionado Decreto, se dispone que el Juez ante quien