RES. DE 26 MAR, 1941 145 de derechos reales, ni se consideraran novatorios de la obligacién. (1) Se refieren a los casos en que la obligacién esté re- presentada por bonos, pagarés, cédulas u obligaciones y a cuando el deudor y el acreedor, en su caso el ‘‘trustee’’ 0 fiduciario, lo convengan asi mediante escritura ptblica. Resolucién de 26 de marzo de 1941 (Gac. 1° de abril) DESIGNACION de delegados de la Hacienda para intervenir en inventarios y avaluos V. aptdo. 29 D. P. 344, de 18 de febrero de 1941. 1° Se delega en el Director General de Rentas e Im- puestos la facultad de designar los dos delegados a que se refiere el Art. 2 del Decreto 344 de 13 de febrero de 1941; pudiendo el mencionado Director General comuni- carse directamente con los Juzgados correspondientes y realizar todos los actos necesarios para el mejor cumpli- miento de esta delegacién, incluso el de delegar, a su vez, en los Administradores Fiscales, la facultad de hacer de- signaciones para las diligencias de inventario y avalto, aunque no con caracter general, y sf en casos concretos, y siempre que dichas operaciones deban realizarse fuera de la capital de la Republica. 2° La delegacién que se hace en el articulo anterior se entenderd sin perjuicio de la facultad que tiene el que provee, y el Subsecretario, por mi autorizacién, de reser- varse el conocimiento de cualquier caso especifico relacio- nado con esta materia. II 10