LEY 29 ENE. 1931.—CAPT., VIT 91 NOTA IMPORTANTE.—Los tipos de tributacién se insertan de acuerdo con esta Ley. Téngase en cuenta los recargos del 20% establecido por la Ley 28, de 1941 y del 50% que establece sobre el resul- tado de aplicar aquél, la. Ley 7, de 5 de abril de 1943. CAPITULO VII DEL IMPUESTO DE DERECHOS REALES Y TRANSMISIGN DE BIENES Art. 1. La tarifa del impuesto de derechos reales y transmision de bienes de 1° de julio de 1892, con las modificaciones que introdujeron en ella la O'rden Militar n°? 44, de 19 de abril de 1899 y leyes posteriores, que- dara modificada y redactada en la forma siguiente: 1. Adjudicaciones en pago de Deudas: Por inmuebles y derechos reales: 2%. Por bienes muebles y semovientes. (WVéase muebles y semovientes) . V. arts. 4 y 82 del Reglamento, y los Aptdos. 2, 32, letra f), ntims. 1 al 5 y 44 de este Capitulo. 2. Adjudicaciones por via de comisién o encargo para Pago de Deudas: Por bienes inmuebles y derechos reales: 2%. Por bienes muebles y semovientes: 0.50%. V. aptdos. 1, 32 letra f), nims. 1 al 5 de este Capitulo; art. 5 del Reglamento. 3. Addquisicién del ajuar de casa: . Por sucesién, sea herencia, legado o donacién mottis causa: Exenta. Por otros titulos. (Wéase muebles y semovientes) (1). V. art. 30, n? 4 del Reglamento. (1) V. aptdo. 44 de este Capitulo.