386 IMPUESTO DE UTILIDADES Fiscal remita la Carta de Pago (5 dias): 22 D. P. 694-33.— 9. Para que los Notarios envien al Ministerio de Hacienda copia de las escrituras que autoricen (10 dias): 68 D. P. 1517, 15 julio 925, modificado por D. P. 1643, 11 noviem- bre 932. | —U-2.—10. Para notificar la liquidacién de aleance (10 dias): 75 D. P. 1472, 29 septiembre 923.—11. Para practicar la Administracién de Rentas la revisién y comprobacién de los documentos (90 dias): 75 Id. —U-3.—12. Para que la Administracién Fiscal 0 Aduana remita los duplicados y triplicados de la declaracién jurada de liquidacién a la Seccién y a la Intervencién (10 dias): 13, D. P. 307, 27 febrero 929.—13. Son improrrogables los términos de liquidacién del impuesto: 85 Id.—14. Para que los Administradores de Aduanas remitan a la Seecién Ja co- pia del manifiesto y de la relacién de pasajeros (5 dias): 10 parrfs. 3 y 5 Id—15. Para que la Administracién Fiscal notifique al contribuyente los reparos o proyecto de resolu- cién (5 dias): 18 Id—16. Para que la Administracién Fis- cal eleve el escrito de impugnacién de reparos o proyecto de resolucién (5 dias): 24 Id. (V. el nim. 55 de este mismo Epigrafe).—17. Para que la Seccién remita a la Adminis- tracién Fiscal la resolucién dictada en vista de la oposicién al reparo: 26 Id.—18. Para que el Jefe de la Seccién acuer- de los reparos o proyecto de resolucién o los eleve al Mi- nistro (4 meses): 17 Id.—19. Para que la Seccién eleve con su informe el recurso al Ministro (60 dias): 28 Id.—20. Para que la Hacienda cumpla toda investigacién legal en relacién con las declaraciones juradas de liquidacién (2 afios): 14 Id. —UTI. Para el contribuyente—21. Para presentar la declaracién jurada de inscripeién al comienzo de sus opera- ciones (2 meses): 13 D, P. 1117-39.—22. Para presentar las copias de escrituras de cambios, cesidn, traspaso, ete. (2 me-