SUMARIO ALI.—LISTA 357 agentes: 77 D. P. 1472, 29 septiembre 923; Cir. de 17 sep- tiembre 927.—13. Son deducibles las devoluciones de pri- mas por polizas canceladas: Cir. 20, de 26 febrero 918,— 14. Caso de que la Administracién Fiscal practique la liqui- dacién de aleances: 75 D. P. 1472, 29 septiembre 923.— 15. Contra la de alcances cabe el recurso de alzada previo ingreso a depdésito del adeudo: 80 Id.—16. Cuando las rati- fica de oficio el Ministerio: $1 Id. —U-3.—17. Las presenta el contribuyente cada tres me- ses: 12 D. P. 807-29.—18. Reparos y proyecto de resolucién que formula el Jefe de la Seccién cuando no se estime con- forme con la hecha por el contribuyente: 15 Id.—19. Trans- currido el término de 4 meses sin actuar la Administracién, no podra rectificar la liquidacién del contribuyente: 39 Id.— 20. Término de 2 afios para que la Hacienda efectte las investigaciones relacionadas con la liquidacién: 14. Id.— 21. Transcurrido el término de 2 afios la Administracién no podra realizar acto alguno ni cobrar cantidad adicional: 38 Id.—22. Diligencias que se hacen constar en acta: 37 Id. UTI. LIQUIDO IMPONIBLE.—1. Cémo se determina el liquido imponible, la utilidad 0 beneficio neto: 7 parrf. 1 Capt. VI, Ley 29 enero 931; 81 parrf. 1 D. P. 1117-39.— 2. Dedueciones permitidas para caleularlo, 7 parrf. 1 Capt. VI, Ley 29 enero 931; 31 parrf. 1 D. P. 1117-39.—3. Cémo cierra y gradta en los casos de intereses vencidos y no co- brados: 81 parrf. 4 D, P. 1117-39. U-1l. LISTA COBRATORIA.—Se forma por orden alfa- bético de todos los contribuyentes por propiedad inmueble: 57 D. P. 1517, 15 julio 925.—Envio de copias a la Zona Fiseal y Ministerio de-Hacienda: 58 Id.—Con vista de ellas las Zonas Fiseales harén las comprobaciones pertinentes: 59 Id.—Se expresa en ellas el importe de este impuesto: 60 Id—Se forma otra lista independiente con los inmuebles que no renten: 61 Id.