384 IMPUESTO DE UTILIDADES Fiscal en el mes de julio de cada aio, de las amortizaciones hechas: 1 D. P. 3062, 283 octubre 942.—29. Requisitos de las que han de presentar las personas o entidades duefias de in- genios: 8 Id—30. Caso de que no se presenten dentro del plazo sefialado: 5 Id—s1. Con vista de ella procede la Ad- ministracién Fiscal a reducir el capital del crédito: 2 Id.— 32. Transferencia del vencimiento del crédito hasta el 1° de agosto de los que venzan en julio, a fin de presentarla: Disp. Trans. 8 Id. —U-2.—33. Se presenta la de insecripcién con los estatutos y oseritura social: 62 D. P. 1472, 29 septiembre 923.—34, La de liquidacién y pago del impuesto se presenta en las Admi- nistraciones Fiscales cada trimestre en los 30 dias siguientes: 68 Id.—385. Particulares que deben reunir las de liquidacién: Cir. 28, de 18 abril 928 (Parrf. 2)—36. De devoluciones y disminuciones de primas: 69 D. P. 1472, 29 septiembre 923. —37. La Administracién Fiscal remite relacién diaria de las de liquidacién que se presenten: 72 Id. —U-3.—38. Se presenta la de inscripcién por duplicado, dentro de los 30 dias siguientes al establecimiento del traé- fico: 2 D. P. 307, 27 febrero 929.—39. Los que no la pre- senten dentro de plazo incurren en multa de $250.00 a $ 1,500.00: 43 h) Id—40. La Adimministracién Fiscal cleva ‘el duplicado de la de inseripcién en 5 dias al Ministerio, y con el original forma el Registro de Contribuyentes; obligacio- nes de la Administracién Fiscal: 3 Id.—41. Para la liquida- cién del impuesto han de presentar una de ingresos y otra de las partidas no afectadas por el impuesto: 12 Id.; Cir. 1, de 24 enero 931.—43. Actuacién de la Seccién caso de que no se presenten: 41 D. P. 307-29.—44. Multa en que se in- curre: 43 a) Id.—45. Retencién del original, de la de liqui- dacién, y remisién del duplicado a la Seccién y el triplicado a la Intervencién General: 13 Id—46. Las de liquidacién las comprobara el Ministerio y cumpliré toda investigacién dentro de un término que no excederé de 2 afios: 14 Id.