SUMARIO ALF.—ADMINISTRACION S11 de 8 diciembre 925.—68. Se le remiten los duplicados: 12 Id. —69. Cuando ingresan en ella los Municipios el importe del impuesto sobre bienes inmuebles: 47 D. P. 1517, de 15 julio 925.—70. Su actuacién caso de créditos moratoriados y de inexigibilidad del interés: D. P. 1639, 19 junio 940.—71. Acta que levantan en vista de la presentacién de bonos, pagarés, cédulas, etc. que no han circulado a los efectos del pago del impuesto: 3, 6 D. P. 3082, 29 octubre 940.—72. Eleva el acta a la Direccién General del Fondo Especial de Obras Puibli- cas; entrega del duplicado al interesado y archiva el tripli- eado: 4 Id.—73. Diligencia y sellaje de exencién de bonos, cédulas y pagarés, ete.: 7 Id—74. Practicarin la liquida- cién en agosto notificindola a los interesados: 4 D. P. 3062, 23 octubre 942.—75. Caso de que no se presenten las decla- raciones fisecales: 5 D. P. Id.—76. Los Municipios le remi- tirin copia de las Listas cobratorias de contribuyentes por propiedad inmueble: 58 D. P. 1517, 15 julio 925.—77. Con vista de ellas harén las comprobaciones pertinentes: 59 Id. —78. Municipios les envian relacién de contribuyentes con la remesa de fondos: 62 Id. —U-2.—79. Administracién, investigacién y cobranza del impuesto: 59 D, P. 1472, 29 septiembre 923.—80. Forman el Registro de contribuyentes: 64 D. P. Id—81. Practican la revisién y comprobacién de documentos y hace, en su caso, la liquidacién de aleances: 75 Id.—82. (V. el n® 85 de este mismo Epigrafe)—83. Forma de practicar las liquidaciones de aleances: Cir. 28, de 18 abril 928 (parrf. 2°)—84. Prac- tican la revisién y comprobacién de los documentos en que se declaren pérdidas: 75 Id—85. Pueden exigir nuevos do- cumentos: 75 Id.—86. (V. el n® 81 de este mismo Epigrafe). —87. Remiten un ejemplar al Ministerio de toda la docu- mentacién presentada y relacién diaria de las declaraciones juradas de liquidacién: 72 D. P. 1472, 29 septiembre 923. —U-3.—88. Elevan el duplicado de la declaracién jurada de inscripcién, en 5 dias, al Ministerio; sus obligaciones: