260 FLETES Y PASAJES Fiscales, el nombre de las empresas con lineas regulares y el de las autorizadas conforme al pdarrafo anterior expre- sando la oficina recaudadora en que deben satisfacer el impuesto. CAPITULO II DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO PARA LA CONTRIBUCION, De las declaraciones sobre entradas comprendidas en la Ley de Impuesto, por los contribuyentes; y del pago de la cuota correspondiente. Art. 12. Las empresas navieras con lineas regulares, sujetas al pago de este impuesto y las autorizadas confor- me al segundo parrafo de! Articulo 11 presentaran en la Administracion de la Zona o Distrito Fiscal, dentro de la jurisdiccién de la cual estuviesen domiciliadas y en el tér- mino de treinta dias naturales siguientes al ultimo de cada trimestre del afto fiscal, los siguientes documentos: a) Declaracién Jurada por triplicado, de los ingresos segun los cuales viene a tributar, percibidos durante el tri- mestre, por conceptos, eparados, de carga y pasaje toma- dos en puertos nacionales con destino a puertos extranjeros conforme al modelo que apruebe la Secretaria de Ha- cienda. b) Declaracién Jurada, por triplicado, de las partidas que, de acuerdo con este Reglamento, no estan compren- didas por el impuesto. Dichas empresas ingresardn el importe de la contribu- cién en la Administraciin y Recaudacién de Impuestos de la Zona o Distrito Fiscal, cuando presentaren los docu- mentos exigidos por el parrafo anterior y recibiran la carta de pago correspondiente; sin perjuicio de que ta Seccién General de Rentas Interiores 0 el Secretario de Hacienda