8 IMPUESTO DE UTILIDADES La Ley de 15 de julio de 1925 (Gac. Ex. 11, del 16), llamada Ley de Obras Publicas, modifica a su vez la de 1 de julio de 1920, al suprimir el impuesto del 4% sobre las utilidades. Esta Ley fué reglamentada por De- creto Presidencial 1517, de 15 de julio de 1925. Con ambas disposiciones iniciamos la compilacién de la legislacién vigente sobre este Impuesto, por lo que ya es facil al lector seguir la evolucion histérica de la misma con auxilio de los Indices y de las notas aclaratorias y de concordancias que figuran en sus diversos preceptos. No obstante, como de los Reglamentos que han regu- lado, a través del tiempo, esta tributacién, no queda rastro en la legislacién recopilada, anotamos aqui una sintesis de ellos. El Reglamento vigente fué aprobado por D. P. 1117, de 15 de mayo de 1939 (Gac. nim. 352, de! 31; copia corregida, Gac. nim. 22, de 11 de julio). Este Reglamento sustituy6 al que habia sido aprobado por D. P. 690, de 14 de mayo de 1931 (Gac. del 25), y antes, estuvieron vigentes, los siguientes: D. P. 311, de 27 de febrero de 1929 (Gac., 9 de marzo); D. P. 1626, de 25 de septiembre de 1928 (Gac., 4 de octubre); D. P. 1157, de 2 de julio de 1928 (Gac. del 18).; (que esta- blecié la Junta Consultiva Central); D. P. 1517, de 15 de julio de 1925 (Gac. del 16); D. P. 1472, de 29 de septiembre de 1923 (Gac. 6 octubre); D. P. 1528, de 4 de septiembre de 1920 (Gac., 6 octubre) ; D. P. 1208, de 28 de agosto de 191-7 (Gac. Ex. nim. 45, del 28). Impuesto sobre la Renta o Producto de Bienes Inmuebles o Derechos Reales Crea este Impuesto la Lev de Obras Publicas, de 15 de julio de 1925, sobre toda renta o producto de bienes inmuebles o derechos reales de censo o hipoteca, que esta reglamentado por D. P. 1517, de 15 de julio de 1925