HIS DIccIONABIO ENCItLOPrDICO DE LA MASONERA 390 Quede este considerando sobre la conciencia del caballero mason Cavour 1.0 y del caballero profano que en l se ma- nifiesta con el nombre de Zorrilla, supuesto que despues de haberlo motivada con sus BBal.'. de 1.0 de Enero, parece autorizarlo con su silencio; mientras que no ha podido ni puede olvidar la carta que escribi su representante Ti- berio Graco expresndole su inquebrantable propsito de dimitir todos sus cargo masnicos, y sp deseo de que la mayor brevedad possible fuese realizado. "Quede tambien al juicio de todo hombre honrado la se- riedad con que en este considerando se penetra en el es- pritu y se explican los pensamientos de los II1.'. HH.. all citados. "Quede igualmente al juicio de todos los verdaderos MMas.. Escoc.'. que conociendo las Constituciones de 1786 saben que, constituido el Supr.'. Cons.'. con arreglo aque- lla ley, la exaltacion del II.. H.'. Tiberio Graco al puesto de Gr.'. Comend.'. no fu, porque no podia ser, el efecto de una votacion: no necesit influir en el nimo de nadie para que le votase; porque nadie tuvo que votarlo: fu exaltado por la ley misma. "Tampoco es menos digno de sus ocultos autores el re- sultando que dice: "Los HH.'. Junio Bruto y Mina (con sus "nombres profanos) hicieron cuanto les fu possible para "evitar que se llegase al extremo que el supuesto Gr.'. "Cons.. ha conducido la familiar espaola, y que con ese "objeto continuaron en aquel Cuerpo." Se ha querido dar*as entender que estos III.'. HH.'. han revelado fuera del Supr.'. Cons.'. lo que en l se trata- ba, lo que sostenian en sus discusiones, y lo que es mas, que su permanencia en l obedeciese al propsito de im- ponerle sus opinions personales como las nicas conve- nientes y justas? "Es honrado promover tales suposiciones que, de ser admisibles, llevaran sus vctimas la fea mancha de la des- lealdad, y la infame del perjurio? "Y al mismo tiempo les dan el ttulo de queridos herma- nos, fundando su absolucion en aseveraciones tan malignas injuriosas. Bien hacen con ocultar sus nombres los que as vierten la ponzoa entire sus caricias, para evitar que, no alcanzando sus objetos, recaiga sobre ellos. "Cmo ha de alcanzar Junio Bruto, actual Sob.. Gr.'. Comend.'. y Presidente de ese Supr.'. Cons.'. respect del cual se le acusa de deslealtad y de perjurio? Llegar hasta l, seria alcanzar al grande Hrcules la acusacion de cobarda. Respecto del H.'. Mina, siendo desgraciadamente cierto que con fecha 14 del prximo pasado mes de Abril, aban- don su puesto en el Supr.'. Cons.'., ya que hablar de ello hacen necesario los ocultos ( supuestos) cmplices de sus amigos el Soberano y Poderoso Juan de la Somera, y Graco,' fuerza es decir que con aquel acto rompi solemnes jura- mentos hechos de viva voz y en su ratificacionfirmadospor l mismo, que no expuso otra razon mas que la de exigir- selo su conciencia, y que el Supr.. Cons.'. se explic esta razon por la pugna en que no podrian menos de encon- trarse los deberes de la especial amistad que profesaba los dichos Somera y Graco, con los deberes de Miembro de este Cuerpo; as como la lealtad que le debia mientras for- mase parte de l, con el secret debido las confianzas que por aquellos sus amigos, sus cmplices, se le hubie- ran hecho, confianzas que muy bien podian referirse los concertados crmenes que en el citado decreto del Sobe- rano y Poderoso Juan de la Somera, se llaman severisimas penas que el Supremo Tribunal ha de imponer y hacer eje- cutar; conciertos abominables que ahora se han eviden- ciado por la imprudente audacia de sus mismos autores, y que no obstante la injustificable reserve del H.'. Mina, cons- t al Cons.'. que le eran conocidos. "Este Sob.'. Cuerpo, que con la perfect conciencia de la legalidad de su naturaleza y acuerdos, no ha dicho hasta hoy una sola palabra, por mas que le haya heridopor tanto tiempo sin tregua el grito de las pasiones sublevadas con- tra su autoridad, y lo que es mas repugnante todava, con- tra la inmaeulada honra de sus III.'. Miembros; que ha se- guido inclume el camino de la ley, procurando remover los obstculos con una accion verdaderamente pasiva, cual se lo aconsejaba su prudencia; que seguro de que los cis- mas suelen ser los medios mas eficaces de la purificacion de los dogmas y del restablecimiento de la discipline, no se ha opuesto nadie en su camino, ni siquiera le ha censura- do los medios, por indignos que les haya encontrado, des- estimando todo lo que tuviesen de personal, y limitndose contener los desvos con su ejemplo y el consejo de sus celosos Miembros, no ser por cierto quien produzca ni una sola prueba de esos inicuos planes, que no sea debida sus mismos autores, habiendo llegado con el carcter de hecho pblico y notorio su conocimiento. "Puede aquel Supr.'. Trib.'. invocado por el Sob.. y Pod.. Juan de la Somera, no ser otra cosa que uno de aquellos dolos que nunca se dejaban ver de nadie, ni hablaban sino por boca de sus sacerdotes; pero lo cierto es que, bajo el testimonio de estos, hay que career que ha hablado, pues adems del annimo document referido, otro de los pu- blicados en el mismo Boletin, dice as: "A.-. L.'. G.- .G.'. A.:D.'. U.'.-Nos, Juan de la So- mera, Sob ". y Pod.'. Gr.'. Comend.. y Gr.'. Maest'. por sufragio de la Mas.'. Espaola, todos los III.'. y PPoder.'. Gr.'. MMaest.. de la Mas.'., todos los VVen.'. Maest'. de las RResp.. LLog.'. de la jurisdiccion de todos los SSermos.. GGr.'. OOr.'. del mundo mas.'. los TVen.'. MMaest.'. de las LLog.'. de nuestra obediencia y todos los MMas.'. regulars libres y aceptados--eniamos-S.'. F.'. U.'.-Sabed: Que el Supr.'. Cons... reunido en Sup.'. Tribunal de justicia, para ver y fallar en Iltima instancia la causa instruida por la Sap.'. Gr.'. Log.'. contra los GGr.'. IIns.'. GGen.'. firmantes de los documents perturbadores de 7 de Octubre y 12 de Diciembre de 1873, ha condenado loshh.'...... Tiberio Graco,..... Catonde Utica...... BezaleeL- Pertusa, y..... Moiss, ser irradiados de la Mas.'., borrn- dose sus nombres con tinta roja del libro del Gran Regis- tro, cerrndoleslas puertas de todas las LLog.. y declarando nulos y de ningun valor ni efecto los ttulos de Insp.'. Gen'. que presenten.-Ha absuelto los qq.'. hh.'...... Nephtal,... Pelayo 1.0,..... Junio Bruto, y..... Mina 1.0, declarndoles en aptitud legal para former parte y asistir al Consejo si fue- sen llamados.-Y Nos todos los OOr.'. extranjeros supli- camos, y todas las LLog.'. MMas.'. de nuestra obediencia mandamos, que se cumpla el fallo inapelable del alto tribu- nal masnico, cerrando las puertas de toda reunion mas.. ..... (siguen los nombres profanos de los irradiados.)-Al mismo tiempo levantamos la suspension de derechos que pesaba sobre el querido h.'. (Junio Bruto) en virtud de nuestro decreto de 7 de Abril, y puede dicho h.'. muy que- rido ejercer todos sus derechos, comoprobadoybuen Mas.. que es y digno del aprecio y cario de sus hh.'.-Dado en nuestro Gabinete del Gran Maestrazgo los 13 das de Mayo de 1874 (e.'. v.-.)-El Sob.'. Gr.'. Com.'.y Gr.'. Maest'., Juan de la Somera.- Por mandado del I1.'. Gr.'. Maest.., el Gr.'. Secr.'. Juan A. de Rodriguez Trio." "De modo que no solo se ha pronunciado el fallo sobre nueve GGr.'. Ins.'. GGen.'. de la Ord.'.. sino que se declare este fallo inapelable, como si en la Francmasonera Escoce- sa los fallos de los SSup.'. CCons.'., cuando se refieren GGr.'. IIns.'. GGen.'., no fuesen avocables en grado de re- vista la Asamblea general del 33, y como si las CCons.-. de 1786 no estableciesen todava otro tribunal superior para los actos de los Miembros de este grado, cuyo tribu- nal se halla en los SSupr.. CCons.. de las dems naciones: pues que, segun su articulo 12: "Siempre que sea necesas- "rio r en cualquier lugar comprendido en su jurisdiccion "y cuando hubiere motivos de protest por ilegalidad en el "despacho de diplomas, en la autoridad de los Diputados "Inspectores Generales, en cualquier otro asunto, se ex- "tender un informed, el cual se enviar todos los Supre- "mos Consejos de ambos hemisferios. Es adems muy no- table que la autoridad del Sob.'. y Pod.'. Juan de la Some- ra, despues de dirigirse todos los GGr.'. Maest.'. de la Mas.'., se dirige tambien todos los VVen.'. MMaes.. de las respetables LLog.'. de la jurisdiccion de todos los SSer.. GGr.'. OOr.'. del mundo masnico, como si tuviese el de- recho de hacer oir su voz en la privativa jurisdiccion de aquellos; como si este procedimiento no fuese subversive contra las autoridades legtimas de las dems nacionalida- des masnicas, nicas que podria dirigirse, respetando su respective derecho de estimar, no, sus reclamaciones, avisos decretos, y de reproducirlos, no, los cuerpos de su obediencia. "Por todas estas razones, y por cuantas se dejan adems sealadas, particularmente por la expuesta al tratar del decreto expedido en 17 de.Abril por el Soberano y Pode- roso Juan, si las seversimas penas indicadas en aquel de- creto se redujesen las prescritas en este document, tran- quilos estaran los irradiados; pero no es verdad que se li- miten ellas. Tranquilos estn, sin embargo, sean las que fueren, por cuanto puedan referirse sus personas; pues fian su seguridad su dignidad propia, y las leyes y tr:- bunales de la nacion, que no solo las ponen cubiertn, de toda criminal asechanza, sino que interesan en su favor los mismos que para el caso de cualquier atentado han co- metido la insensatez de sealarse pr'iamente como presun