CUS DICClONmAlO ENCICLOPDICO DE LA MASONE RA 196 Sagasta, por acuerdo de 27 de Febrero de este ao; y pre- tenden fundar en Cuba una Gran Logia, sometida dicho Gran Oriente, que reside en Madrid. Por ltimo, las Logias del Gran. Oriente Nacional se hallan disueltas incorpora- das en el de Sagasta, con exception de una dos en toda la Isla. Las consecuencias legales de este brevsimo y exacto resmen histrico, son: I.-7Que la Masonera Simblica debe su existencia en Cuba las Grandes Logias Soberanas de Pennsylvania y South Carolina, y la jurisdiction exclusive que le pertenece, al establecimiento de la Gran Logia Espaola de York en 1818; cuya herencia recogi la de Colon en 1859, y hoy toca la Gran Logia Unida. II.-Que aunque muchos y diversos Grandes Orientes de Espaa han invadido desde la tercera dcada de este siglo el territorio de la Isla de Cuba, ya de antes ocupado por libre Masonera Simblica, ellos mismos han reconocido despues su error y acatado la soberana y exclusive juris- diccion de dicha Masonera. Si bien, debemos consignar que los derechos de sta existen y existirn siempre en virtud de las leyes universales de la Fraternidad, y no por conce- sion de Grandes Orientes. III.-Que la prueba de que la Masonera Espaola ha reconocido siempre como libre y soberana la de Cuba, est en la fusion de Octubre de 1822; en el tratado de Enero de 1873; en la ratification de Julio de 1875, y en el tratado de Diciembre de 1876, antes referidos. IV.-Que estando desocupado el territorio de Cuba cuan- do en 1859 se organize la Gran Logia Soberana de Colon, la que en 1880 se uni la tambien Soberana de la Isla de Cuba, organizada en 1876, no han podido legalmente fundar Logias en esta Isla los Grandes Orientes de Espaa. V.-Que el estar ellos organizados y domiciliados en la capital de la Nacion Espaola, no puede servir de pretexto legal para que invadan el territorio de provincias done ya hay Masonera organizada; que la Geografa poltica es in- dependiente de la Geografia masnica, y en sta, los lmi- tes territoriales slo se determinan por el derecho de pri- mera ocupacion. YI.-Que todas las Grandes Logias Soberanas delatierra, depositarias de la buena doctrine masnica y de la inde- pendencia del simbolismo, propagadas por la Gran Logia Madre de Inglaterra, deben enrgicamente apoyar la de Cuba en la legtima posesion de sus derechos, y declarar: Que no reconocen ni pueden reconocer otra Potencia Mas- nica Simblica para Cuba y Puerto Rico, fuera de la Gran Logia Unida de Colon 1sla de Cuba. De todo lo que antecede resultan dos verdades indiscu- tibles: 1.a Que hoy solamente existen en Cuba dos jurisdic- ciones importantes en la Orden; la del Gr.'. Oriented de Es- paia presidido por el H.'. Antonio Romero Ortiz y del cual es jefe delegado y representante en la Habana el H.'. Mariano Ramiro,y la de la Gran Logia Unida-de Colon Isla de Cuba. 2.a Que esta ltima es indudablemente ms lgico y convenient poder masnico en la grande Antilla por la prelacion de su origen, su tendencia descentraliza- dora y su organization autnoma que es espritu de la Orden en los modernos tiempos. Nosotros creemos firme- mente que cuando en la peninsula espaola se fundan y unifiquen todas las jurisdicciones masnicas no se vacilar en que la future nica Potencia Espaola estipule un con- venio solemne con la Gran Logia Unida para que sta go- bierne y administre el simbolismo en aquel pas, quedando sujetas la jurisdiction del Gran Oriente de Espaa todas las dems oficinas desde el grado 4.0 hasta el ltimo del Escocismo y dems ritos anlogos equivalentes.-Vase Amrica. CUBERO Y GARCIA (Joaqun)-Gran Inspector Gene- ral del grado 33. Su vida masnica puede decirse que em- pieza en la isla de Cuba en 1878, porque sus trabajos ma- snicos anteriores esta fecha, unidos la revolution es- paola de la metrpoli carecen de importancia para la Orden. Nadie es capaz de negar que Amrica es la cuna de la libertad y del progress, y cuantos europeos la visitan sienten renacer en su cerebro ideas adormecidas en Euro- pa por el desencanto y las decepciones de la poltica egos- ta y personal dominant sobre todo en Espaa. Cubero entr former parte como orador de la Logia Union y Concor- dia del Oriente Nacional, siguiendo el movimiento iniciado por el autor de este Diccionario y otros, para engrandecer la influencia de la Masonera espaola en Cuba, frente los talleres llamados de Colon y Cuba, acusados pblicamente de servir intereses contrarios la patria comun, sin moti- vo- verdaderamente fundado, pero sirviendo inconsciente- mente de mscara intereses contrarios la unidad de la patria. Hizose preciso fundar nuevas Logias, y la Union y Concordia sirvi de tronco muchas de ellas, entire otras la Beth-El, una de las mas potentes, de la cual fu Cubero Venerable Maestro, hasta que en 1880 dej el mallete para tomar asiento en el Supremo Consejo del 5.0 Valle Ultra- marino, como Gran Canciller, y bajo los auspicios del Gran Or.'. Nacional de Espaa, presidido por el marqus de Seoane. Es una verdad que la organization de este alto cuerpo en Cuba hubiera producido grandes ventajas no tropezar en Madrid con grandes obstculos en donde el Gr.'. Or.'. Nacional sufria la momificacion debida al esclu- sivismo y autocracia de su Gran Maestro. Despues de gra- ves disgustos, trabajos sin cuento y estriles resultados. de- cidi Cubero unirse masones que trabajaban en Cuba bajo la bandera del Gran Or.'. de Espaa, cuyo Gr.'. Ma- llete estaba entonces entire las manos del H.:. Prxedes Mateo Sagasta. Su salida del Gr.'. Or.'. National fu sufi- ciente dispertar casi todas las yendo en su mayora reconocer esta ltima obediencia, la cual dieron fuerza y cohesion, llegando former un ncleo de 80 talleres con una Cmara departmental en la Habana. En 1881 fund Cubero en esta ciudad la renombrada Logia Los Falete-s. cuya existencia en el mundo masnico se hizo tan notable que bien merece artculo aparte en esta obra. Este taller. nacido al calor de las ideas reformistas de Cubero, vino poner en prctica los verdaderos principios en que se fun- da la Masonera, tratando de que desaparezcan todas las divisions de escuela para que el mason, por el solo hecho de serlo, tenga iguales deberes iguales derechos sobre todo la superficie de la tierra. Cbele la gloria Cubero de haber iniciado la fusion de todos los masones que trabajan en Cuba bajo distintas obediencias, y la hubiera llevado cabo no mediar intereses bastardos que solo conseguirn retardarla por algunos aos.-V. Filaletes. CUBRIDOR-Cargo de uno de los oficiales de las Lo- gias para contribuir la seguridad de los hermanos. El que lo desempea examine en el vestibulo del templo los vi- sitadores que deseen entrar en l, para cerciorarse de que son masones. CUBRIR-Llmase cubrir el templo el acto de salir de l, y dcese estar cubierto cuando no puede temerse la indis- crecion de los profanos. CUCUPIETRE-Verdadero nombre del monje conoci- do con el de Pedro el Ermitao, provocador de las Cru- zadas y quien el baron de Ischondy atribuye la funda- cion de la Francmasonera. CUCHARA DE ALBAIL-Vase Trulla. CUERDA-Vase Soga. CUERNOS DORADOS-Atributos bblicos del Ritual del grado 14.0 del Rito Escocs. CUERPO-Vase Diferencias. CUERVO-Smbolo unas veces de la destruction de las cabezas de los asesinos de Hiram y otras de la memorial de Eros, el Cuervo Celestial. CUESTACION-La recoleccion de donativos volunta- rios entire hermanos masones. CUESTADOR-El official encargado de las cuestacio- nes. CULTO-La adoracion de personas, cosas ideas. como causes sobrehumanas, y por lo tanto, segun al- gunos autores, el culto de la Verdad y de la Filantropa es lo que constitute la Francmasonera-V. Misterios. CUM-Palabra del grado 7. Escocs. Significa levan- tarse. CUMBERLAND (Duque de)-Vase Jesuitas. CUMPLIMIENTO-Denominacion ttulo que simbli- camente se da la tercera puerta del templo edifici. masnico, lo cual corresponde al tercer grado y ltimo del Simbolismo. Para mas detalles el erudito y sentidisimo es- crito del H.'. de Mangourit, publicado en elHermes, tomo I. pgina 322. CURAZAO-Isla en donde la Orden cuenta con talleres concurridos y en donde se ha propagado bajo los auspicios de la Gran Logia de Inglaterra. CURLANDIA-Una de las nueve provincias en que se distribuy la Orden de la Estricta Observancia. CUSH CHUSH-Se traduce por negro: hijo primog- nito de Cham, y padre de Nemrod, del cual se cree traen su origen los etiopes abisinios, y otros pueblos. Aos antes de Cristo 2270 (Gnesis, x, 6). En el texto hebreo se da el nombre de Cush al pas de Etiopa Abisinia, y nues- tra Biblia as traduce la palabra en los siguientes textos: Isaas, xi, 11; id. xvin, 1: Salmo LXVI, 31. CUSHAN-Vase Chusan. CUSTOS (Juan)- Lapidario ingls condenado como