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 Ademas, puede decirse en general que no hay
causa simpre que la obligaci6n se ha contraido
con una causa que noes juridicamente suficien-
te para crearla.
 Las parties pueden haber tratado en el con-
cepto de una causa que no llega A existir: el
C6digo contiene en el articulo 1.047 un caso de
una obligaci6n que queda sin efecto por falta
de causa.
 La causa que al principio ha existido puede
desaparecer posteriormente cuando ella es suce-
siva, esto es, cuando consist en una prestaci6n
que perdura 6 debe perdurar entire las parties.
Te he alquilado por cinco aflos una casa para
un establecimiento de educaci6n; mAs tarde se
le ha caido al edificio una part del techo, y
y uo puedes seguir usaidolo: no existe ya pa-
ra ti la causa del contrato, que es la obliga-
ci6u en que yo estoy de proporcionarte el uso
pacifico de la casa, y la convenci6n queda sin
efe<'to.
 Presentaremos ahora ejemplos de la obliga-
 ci6n fundada en una causa falsa. Los hijos de
 Flavio, en vista de una carta que su padre ha-
 bia dirigido A Paulo pidi6ndole en prestamo
 una cantidad de dinero, convienen en firmar
 un pagar6 por aquel valor A favor delos he-
 rederos de Paulo, que reclaman el pago de la
 deuda. Aparece despi6s otra carta en que Pau-
 lo se excusaba de hacer el pr6stamo solicitado
 por Flavio. La causa de la obligaci6n men-