DOCUMENTS LEGISLATIVOS En 7 de Febrero se acord hacer un emprstito en moneda fuerte entire los ciudadanos ms acomodados de las Provincias de esta Capital, de la de Santa Cruz del Seibo y la de Azua, no tanto con la intencin de aumentar los fondos pblicos, para subvenir a las erogaciones de la guerra, cuanto para adquirir alguna moneda fuerte para la compra de algunos utensilios en el extranjero para el Ejrcito. El 8 del mismo mes se acord que a los prestamistas, segn la anterior resolucin, no se les admitiesen los pagars en descuento de derechos de Aduana, sino desde el 15 de Junio en adelante; pero que el que quisiera recibir al cambio corriente la suma que haya prestado, se le abone tan pronto como se present a su percepcin. El mismo da se deliber que en razn a carecer de personal nuestra marina, particularmente en la clase de oficiales, se admi- tiesen al servicio de ella a los Seores Teodose Maziere y William Dickson que ofrecan sus servicios en clase de Comandantes, ambos extranjeros; y que pues haban puesto la condicin de que no po- dan, por la depreciacin del papel moneda, sujetarse a la paga de su grado, no pudiendo con ella subvenir a sus necesidades, pidien- do en consecuencia se les hiciese una asignacin algo ms ventajosa, se les seal a cada uno la suma de quinientos pesos mensuales. En 22 del mismo mes se resolvi pedir la mediacin a los Esta- dos Unidos de Amrica, la Gran Bretaa y la Francia para hacer cesar la injusta guerra que nos hacen los haitianos, no slo con el objeto de cumplir con la misin que le est encomendada al Go- bierno de solicitar la paz al Pueblo, sino con el de justificarnos ante las naciones, de que no hacemos sino repeler la agresin. En 15 de Marzo se acord enviar n emisario cerca del Capitn General de la Isla de Cuba con el objeto de inclinar a aquel Go- bierno a nuestra proteccin, as como para solicitar algunos proyec- tiles de guerra de que estamos desprovistos, a cuyo efecto se nom- br al Seor Provisor y Vicario General de esta Dicesis Dr. Elas Rodrguez. El 3 de Abril se resolvi, en vista de los parties dados tanto al Ministro del Interior, como al de la Guerra, de la falta de subsis- tencia, por carencia de fondos en las fronteras, que sin distincin alguna de los fondos existentes se enviasen a la Lnea todos los que fuesen necesarios. En 22 del mismo mes se deliber que el Contador General hi- ciese la adquisicin de cincuenta mil pesos fuertes al cambio co- rriente del dobln de diez y seis duros, reservndolos para las ur- gencias del Gobierno en caso de una invasion, sin poderlos distraer para ningn otro servicio. En 30 del mes ya expresado se mand anular el arrendamiento