CONGRESS NATIONAL 1853 Repblica y sus Ministros, con el objeto de que este Poder del Estado estuviera present a la ventilacin del negocio. Esa mo- cin fu acogida y sabis que dirig las comunicaciones corres- pondientes al objeto. Corresponde hoy al Seor Ministro de Hacienda como res- ponsable de los intereses del Estado, exponer los hechos con la claridad necesaria para instruir ms a los Representantes de la Nacin del punto cuestionado. (Dirigindose a los miembros del Congreso). Vosotros, Honorables Seores, habis tenido el tiempo su- ficiente para informaros del asunto, pues los documents presen- tados por el Ministerio han estado a vuestra disposicin durante dos meses. En consecuencia, el Seor Ministro de Hacienda tiene la palabra, y suplico al Honorable Congreso se sirva prestar toda su atencin a la exposicin de los hechos. Sin embargo, anunci seguidamente haber recibido un pliego del Presidente de la Suprema Corte de Justicia para que se le- yese en aquella sesin, pero el Congreso aplaz su lectura para su oportunidad. El SEOR MINISTRO: Seores. Empezar por dar lectura a una sentencia que la Suprema Corte de Justicia pronunci en 4 de Mayo del ao prximo pasado, y que fu comunicada por el Ministro de Justicia, dice as: Aqu la sentencia (*) Acto continue ley aquel document, y despus continue su discurso del siguiente modo: En esta virtud, y considerando que esta sentencia es atentatoria de la Constitucin y las leyes del Es- tado, y por consiguiente injusta y mal fundada, porque desposea al Fisco de una propiedad que legtimamente le perteneca por el derecho de la guerra, y porque sus anteriores propietarias la hu- bieron con ttulo autntico y no precario, me opuse por dos ra- zones a poner en posesin al Seor Reguillo, tanto de la casa en cuestin cuanto de los alquileres vencidos, y al efecto comuniqu (*) Gaceta de Gobierno N9 61, 8 Agosto 1853.