DOCUMENTS LEGISLATIVOS Los Seores Romn y Valverde fueron de la misma opinion, agregando el segundo estas palabras: porque el actual, y no otro, es el que tiene carcter legal o poltico para presentarlas al Congress. Puesto a votacin el dictamen de aquellos Seores, fu apro- bado por unanimidad. En seguida se di lectura a la parte del informed relative a la sesin de maana; y el prrafo 2' en que la Comisin opina que es de formarse una ley que fije el derecho que deben abonar los buques nacionales y extranjeros para in- demnizar al Erario de los cuantiosos gastos que le ocasiona el fa- ro que ha de colocarse en el Puerto; di motivo a las siguientes observaciones: El SEOR PRESIDENTE: Seores. Acabis de or la parte del informed en que la Comisin opina que se debe former una ley que seale los derechos con que el Gobierno debe procurar indem- nizarse de los crecidos gastos que le trae la creacin de un faro en el puerto de esta Capital; y espero que os oupis de su re- solucin, advirtiendo, por lo que a m hace, que no se debe per- der ni un moment en la redaccin de esa ley. SEOR VALVERDE: Soy de parecer que nombre una Comi- sin que se ocupe de formarla a la mayor brevedad. SEOR DELMONTE: Creo que el particular que se trata no est sometido a duda alguna, porque el resultado de esa ley es una necesidad en que nos hallamos; necesidad urgente, y que por dems est justificada con lo que diariamente pasa en otros pases en circunstancias idnticas a sta. Se fijan faros, y se impone un derecho sobre los buques nacionales y extranjeros; se construye un muelle, y tambin se impone una contribucin. No hay, pues, una razn para que nosotros no hagamos otro tanto encontrndonos en un caso igual. Aprobada por la mayora la conveniencia de la ley, se nom- br para su redaccin a la misma Comisin de Hacienda. Acto continue se ley el prrafo 39 y ltimo, relative al Cdigo' penal military y las Ordenanzas de Marina. SEOR LOVELACE: El pensamiento es muy just y ya se ha tratado de l otras veces, y deseara que se resolviera el pasar