CONGRESS NATIONAL 1853 cin y exportacin, y para demostrarlo, dice: que han entrado en todo el ao a los puertos de la Repblica, 327 buques de todos por- tes que han importado $1.066.537.40 centavos fuertes, y han sa- lido 243, exportando el valor de $1.097.872.68 centavos. Observa. que las rentas de la Repblica hubieran sido de $1.654.196.70 centavos ms, si el derecho de exportacin hubiese sido fijado en la misma forma, que el de importacin, es decir, fijndolo en dinero fuerte y recaudndolo a razn de 40 pesos por nno, y hace ver, que la proporcin de 5 por 100 establecida por los ,aranceles de los aos anteriores para los derechos de exportacin, es ilusoria, por haberse tomado como base el valor de los frutos, el papel moneda, en el ao de 1847, y no en moneda fuerte: que pagndose estos derechos en papel moneda sobre la base fijada en la misma clase de moneda, por la baja de ste, el derecho de expor- tacin es casi ninguno, y contribute en poco a las rentas de la Repblica; recomienda, pues, se sienten los mismos principios que para la exportacin; y la Comisin nada tiene que observer sobre el particular. El Seor Ministro recomienda, que sean revisados todos los aranceles, porque se han notado algunos defects y omisiones en la nomenclatura de los efectos aforados; y la Comisin opina en el mismo sntido, y recomienda al efecto, el nombramiento de una Comisin auxiliar de los principles comerciantes de esta Ciudad, caso que el Congreso d acogida favorable a esta sugestin. El Seor Ministro concluye su Memoria, recomendando de nuevo, se hagan modificaciones en la Hacienda, porque son de ne- cesidad y urgentes; y dice "que del arreglo de la contabilidad ema- nan las dems medidas de orden respect a estas oficinas". La Comisin, sin embargo, de sentirse dispuesta a entrar en todas las indicaciones del Seor Ministro, porque ve en ellas estam- pados los mejores deseos, no puede, en cumplimiento de sus debe- res, dejar de observer, que es casi fsicamente impossible, aumen- tar considerablemente el nmero de empleados, y al mismo tiempo aumentar los sueldos de stos; que todo plan de aumento de suel- dos, no puede hacerse practicable, sino disminuyendo en todo lo que se pueda, el nmero de empleados para poder hacer, que las rentas de la Repblica alcancen a sufragar los gastos pblicos, de lo contrario, todo plan fiscal de mejoras es ilusorio; la Comisin cree deber hacer present al Congreso, que debe fijar su atencin parti- cularmente, en el nmero de oficinas, que existen en la Capital, para la Hacienda Pblica, es dedir, una Contadura General, una Tesorera Particular y otra Administracin Particular, y que si se establece adems el Tribunal de Cuentas, habr cuatro oficinas prin- cipales distintas todas de Hacienda, y teniendo a "la vista que todas