CONGRESS NATIONAL 1853 La Comisin coincide con el Seor Ministro en la reform que debe hacerse a la Ley de Registro, y como ya ha opinado en ota parte de este informed sobre la reform que debe hacerse en todas las leyes de impuestos, nada tiene por ahora que aadir sobre el particular. El Seor Ministro hace present que el Hospital Mili- tar no ha sido an reparado, y recomienda una nueva votacin de fondos al efecto; la Comisin tiene que hacer present, que en la Sesin pasada se vot la suma de $400.000 y que el Seor Ministro no dice si dicha suma fu invertida o no en conformidad a la votacin. Observa el Seor Ministro que los pobres del Hospital de San Lzaro, no pueden subsistir con la pequea asignacin de $8 por mes, y que la miseria les obligar a mezclarse en la sociedad. Sin embargo de que la Comisin no desea influir absolutamente en que se les aumente el sueldo o no, le incumbe el observer, que el cui- dado de los lzaros es de las atribuciones del Ayuntamiento de esta Ciudad, que a esta Corporacin pertenece hacerse cargo de estable- cimientos de esta naturaleza, a cuyo fin la Ley de Ayuntamientos le faculta para recaudar ciertos derechos y aun para imponer otros que crea convenientes y sean suficientes a proveer los medios de subsistencia a los indigentes de su Distrito, pues que, con una vota- cin para este fin, se establecera un precedent e i iguales casos, que abrira las puertas a muchas otras solicitudes de igual natu- raleza. Observa el Seor Ministro, que no habiendo previsto el Con- greso Nacional el modo de proveer a los gastos pblicos de los pri- meros meses del ao hasta la reunin del Congreso; despus de agotada la votacin del presupuesto del ao expirado, se ha visto precisado a ordenar se pagasen slo las raciones suspendien- do el pago de los sueldos hasta la reunin de las Cmaras; la Co- misin cree oportuno hacer present, que iguales casos se presen- tarn al Ministro de Hacienda, siempre que el Congreso se limited a votar una suma fija para los gastos pblicos de Enero a Diciem- bre, y que por consiguiente se vera ste, en la alternative o de sus- pender todo pago de sueldos y raciones, o el hacerlo sin previa au- torizacin. Para obviar esta dificultad la Comisin recomienda, que en lo sucesivo adems de votar un presupuesto para gastos pbli- cos del ao, el Congreso aada a ste, la votacin de una suma "adicional al crdito" del Seor Ministro de Hacienda, para que de ella se devenguen los gastos pblicos en los meses que transcurren del ao subsecuente, siguiendo el mismo orden y proporcin de sueldos; debiendo deducirse esta suma de la que se votase en for- ma por la siguiente Legislatura, y con lo cual quedarn vencidas todas las dificultades.