CONGRESS NATIONAL 1853 Concluido el cual, y en conformidad a la orden del da, el President reclam el silencio y concedi la palabra al Honorable Benigno Filomeno de Rojas uno de los miembros encargados de informar sobre la Cartera de Hacienda quien dio lectura a dicho informed que es del tenor siguiente: Dios, Patria y Libertad REPBLICA DOMINICANA - La Comisin de Hacienda encargada por el Congreso Nacio- nal de hacer un informed sobre la Memoria del Ministro de Ha- cienda y del Consejo Administrativo, tiene el honor de ofrecer el siguiente dictamen, a la Representacin Nacional. Despus de expresarse el Seor Ministro satisfecho del modo como han desempeado sus deberes en general, todos los empleados de la Hacienda pblica, pasa a presentar el estado del Erario hasta el 31 de Diciembre del ao que acaba de expirar, el cual presen- ta un balance en caja de $230.706.80 centavos fuertes y $4.015.155.8 cts. en moneda national, aadiendo el Seor Minis- tro, "que no gravita ninguna deuda pendiente contra el Estado"; pe- ro observa al mismo tiempo, que este balance en caja ser un poco alterado, por la agregacin de las cuentas de la Provincia de Azua. las que slo se han recibido hasta el 30 de Noviembre. Que la existencia en moneda fuerte se halla depositada en la forma siguiente: $100.000 ganando un inters de 3 por ciento al ao en el Banco de Saint Thomas. $60.791.73 centavos en la misma Isla de Saint Thomas en la casa de los Seores Rothschild Con y Ca, ganando un inters de 6 por ciento al ao. $70.915.07 centavos por el balance que queda de los $231.706.80 centavos de la exis- tencia de Diciembre, no dice el Seor Ministro donde se encuen- tran existentes, pero es de suponer que sea en las Tesoreras y Aduanas de la Repblica. La Comisin no tiene nada que observer, sobre el lugar donde se encuentran depositadas estas crecidas can- tidades, porque tiene la ms ilimitada confianza en la prudencia y previsin del Seor Ministro. Sobre la Ley de Papel Sellado, la Comisin tiene que observer, que sera convenient reformarla del todo estableciendo los precious de los pliegos en moneda fuerte a pagarse por los compradores al cambio en moneda national, que el Gobierno tenga a bien fijar de tiempo en tiempo; sera adems convenient que se tuviese por la autoridad' competent el mayor esmero, en que no faltase nunca existencia de papel en ninguna poca, en las diversas oficinas de expendio; y que siendo todos los actos pblicos obligatoriosen esta clase de papel se cuidase que fuese de buena calidad, porque de ella