CONGRESS NATIONAL 1852 EL CONGRESS NATIONAL Considerando: que terminada la segunda Sesin de la se- gunda Legislatura, como asimismo la prrroga que se acord a pe- ticin del Poder Ejecutivo, con el nico objeto de ocuparse de la sancin del Tratado celebrado con la Repblica Francesa; y que en esta virtud cualquier acto de hoy en adelante, sera nulo e in- constitucional; Decreta: Art. nico. La segunda Sesin de la segunda Legislatura est terminada, han cesado sus tareas y se declaran disueltas las C- maras Legislativas, hasta su prxima reunin constitutional. El Congress Nacional, en nombre de la Repblica Dominicana, ejectese el present decreto de clausura de las Cmaras, que ser enviado al Poder Ejecutivo para su promulgacin en la forma constitutional Dado en el Palacio del Congreso Nacional a los 12 das del mes de Mayo de 1852, 99 de la Patria. El President declar concluida la segunda Sesin legislative de la segunda Legislatura, como asimismo, la prrroga que so acord a peticin del Poder Ejecutivo con el nico objeto de ocuparse de la sancin del Tratado ya mencionado. Con lo que se levant la sesin, siendo las once de la maana habiendo cum- plimentado antes el Presidente a los Honorables Representantes de la Nacin por el exacto cumplimiento de sus deberes, habin- dolos desempeado con toda la dignidad requerida. En fe de lo cual se levant la present acta. Firmados: El President: Flix Morilla. 1. B. Lovelace. G. Hernndez. D. Ortiz. Francisco Sard. Flix Mara Delmonte. Mariano Padilla. Flix Mercenario. Antonio Ramrez. Felipe Perdo- mo. C. Bez. Por copia conforme. 1. B. Lovelace, Secretario.