CONGRESS NATIONAL 1852 Inmediatamente se ley el proyecto de decreto de las fa- cultades que determine conferirle el Congreso al Ministro de Hacienda y Comercio para vender, permutar y arrendar algunas fincas de la Nacin, cuyo tenor es el siguiente: EL CONGRESS NATIONAL HA VENIDO EN DECRETAR Y DECRETA Art. 19 Se autoriza al actual Ministro de Hacienda y Comer- cio, para que pueda vender, permutar y disponer en favor del Fisco, de todas las fincas urbanas del Gobierno que se encuentren en es- tado de deterioracin o en comunidad con particulares, a fin de sacar las mejores ventajas posibles, ya sea por ventas pblicas, ya privadas, o del modo que l lo crea ms convenient. Art. 29 Queda autorizado al mismo tiempo dicho Ministro pa- ra arrendar o alquilar del modo que le parezca ms til todas las dems fincas urbanas y rurales, que a consecuencia de no haberse arrendado o que sus arrendamientos en conformidad de la Ley de Bienes Nacionales, hayan cesado y se encuentren disponibles. Art. 39 El Ministro de Hacienda ya indicado dar cuenta de- tallada al Congreso Nacional de todas aquellas medidas que tome, en conformidad del present Decreto. Art. 49 El present Decreto cuya duracin ser hasta la pr- xima reunin ordinaria de los Cuerpos Colegisladores, abroga toda otra ley o Decreto que le sea contrario. El present Decreto ser enviado al Poder Ejecutivo, etc.-Dado, etc. Santo Domingo y Marzo 18 de 1852. En este estado, el Honorable Delmonte observ que le pa- reca muy convenient el que se ordenara por el referido decreto, que en cuanto a las permutas y ventas de aquellas fincas que estn en comunidad con las de la Nacin, le pareca convenient se hicieran privadas por el dao que podan recibir los comuneros, que indudablemente deban suponrseles un inters a comprar; pero que en cuanto a las dems fincas deterioradas, le pareca de- ban hacerse las ventas en pblica subasta, porque siendo el Estada considerado como menor, se invertira el orden si no se hicie- re as. El President del Congreso hizo varias reflexiones sobre esta observacin y en consecuencia se resolvi, que debindose