DOCUMENTS LEGISLATIVOS miembros del Congreso pretendido que quedara en receso la re- solucin de esta solicitud, y de haber odo la exposicin del Pre- sidente del Congreso, que en trminos muy categricos se ex- pres, que si no se resolva dicha peticin en esta Sesin legis- lativa, el Seor Abraham Con tendra razn en dar un papel pblico diciendo que el Congreso Nacional obraba de mala fe con l, pues que todas las circunstancias ocurridas as lo pudie- ran indicar. Fu resuelto a unanimidad de votos, que se deba tomar conocimiento de la peticin del Seor Con y de las piezas que se tenan a la vista para dar una solucin complete, pero que en esta virtud deba suspenderse la sesin por unos moments, a fin que todos los miembros se impusieran de las piezas y pudieran dar una opinion acertada, en cuya consecuen- cia se suspendi la sesin para volver a principiarla a las dos de la tarde. Siendo las dos de la tarde volvi a reunirse el Congreso en su mayora, y despus de leda por segunda vez la solicitud del Seor Con, las piezas que present en apoyo y las que se solicitaron de la Suprema Corte de Justicia concernientes a este mismo asunto, se tom a unanimidad de votos la resolucin si- guiente: El Congress Nacional, considerando que aunque de estas ltimas piezas result: que la obligacin bajo firma privada de que se trata, fu declarada falsa por el mismo de que se dice est suscrita, y perseguida como tal por el Ministro de Hacienda y Comercio en Mayo de 1847, lo que la Suprema Corte de Jus- ticia en lugar de sobreseer a la acoin civil y ordenar la perse- cucin del falso como lo impera la ley no lo hizo, aunque as fu pedido por' su Ministro fiscal, sino desech la demand, lo que di lugar a que el Fisco sin tender a los intereses de la Nacin prestara aquiescencia a la sentencia y satisficiera al Seor Con la suma de 8.000 pesos nacionales equivalent de 800 pesos fuer- tes que reclamaba a razn de diez por uno como se satisficieron todas las acreencias contra los haitianos. Considerando, que no habiendo la disposicin que tom el Congress Nacional el ao pasado de 1850 a unanimidad de votos