DOCUMENTS LEGISLATIVOS lstica Henrquez, reclamando siquiera la mitad de la parte en que se estim la prdida de su casa en San Carlos, a consecuencia del incendio que tuvo lugar all bajo la administracin del ex-Pre- sidente Jimenes; y el Congreso Nacional, despus de haber odo el informed de la Comisin y las reflexiones del Presidente, re- solvi: "que se le pasase la mencionada peticin al Ministro de Justicia, para que ste tomara cuenta al Curador que nombr el justicia Mayor, de los bienes de Jimenes y Barrientos, y satisficie- ra a la Seora Escolstica Henrquez su reclamo, lo mismo que a cualquiera otro que lo haya hecho y justificado, tomando al mis- mo tiempo todas las medidas convenientes para hacer ingresar en las Cajas pblicas el residuo de dichas sucesiones que hace dos aos se orden su ventilacin por el Congreso Nacional y no ha tenido lugar". Fu leda la peticin del General Manuel Castillo, cobrando los alquileres de la casa que sirve de Comandancia de Armas en el Macors, y el Congreso resolvi: "que recurriera al Ministro de Hacienda y Comercio, para que les fuerarn satisfechos, lo mis- mo que a los dems Comandantes de Armas". Se di lectura de la peticin presentada por el Seor Do- mingo Daniel Pichardo, solicitando cambiar una casa que tiene en la Ciudad de Santiago, propia para contener todas las oficinas pblicas de aquel lugar, por otra que pertenezca al Estado en esta Ciudad, previa apreciacin de ambas y devolucin por quien corresponda, o venderla si mejor conviniere a la Nacin. El Congress Nacional despus de haber odo el informed de la Co- misin resolvi, que el Seor Pichardo ocurra al Gobierno que se autoriza por la present resolucin para hacer la adquisicin de la casa del modo y forma que mejor convenga a los intereses del Fisco. Inmediatamente se di lectura de la peticin presentada por el Seor Domingo de la Rocha, cobrando algunas reses que faci- !it al Estado para la mantencin de las tropas, y el Congreso re- solvi que recurriera al Ministro de Hacienda con los compro- bantes que justifiquen su reclamo para que se ordene el pago, previo el arreglo que har con l del precio de las reses.