DOCUMENTS LEGISLATIVOS los Seores Gaspar Hernndez, Eugenio Garca y Ricardo Miura para que en la prxima sesin informaran sobre la consult que pide el Ministro. Agotada la material se declar cerrada la sesin. (Firmados) Ricardo Miura, Presidente. J. B. Lovelace. E. Garca, y Sardd, Secretarios. Por copia conforme. El Secretario, E. Garca. SESSION DEL 9 DE MAYO DE 1851 Presidencia del Seor Ricardo Miura A presencia de la mayora se declara abierta la sesin, y leda la acta de la anterior fu sancionada. El PRESIDENTE: Seores. Segn el orden del da el Con- greso est llamado a conocer del informed que debe hacer la Co- misin que se nombr en la sesin de ayer, sobre las cuatro con- sultas que present el Ministro de Justicia por su oficio del mismo da, y como miembro de aquella Comisin, proceder a leer el in- forme que se le encomend. Odo el informed de la Comisin y puesto a discusin despus del anlisis prolijo que hizo el Presidente y examinados los ar- tculos de los Cdigos en vigor a que se refiere y el Decreto de 10 de Octubre de 1849, a unanimidad de votos se determine re- mitir al Ministro de Justicia, por va de oficio, la siguiente re- solucin: El Congress Nacional, en vista de las cuatro consultas que le hace el Seor Ministro de Justicia e Instruccin Pblica, l9 Sobre si no habiendo jueces hbiles por impedimentos legales en los Tribunales de Apelacin pueden llamar respectiva- mente dos jueces titulares o un titular y un suplente o dos su- plentes, si la necesidad lo exige. 2" Si en el mismo caso faltare el Procurador Fiscal titular, por impedimento legal, y quedasen dos jueces titulares en la Su- prema Corte o Tribunales de Apelacin, puede y debe el Presidente