LA ORATOBIA EN CUBA matrimonio, aquel juicio que ponia Montesquieu en sus Cartas Persianas en boca de un personaje persa, refiriendose a las re- glas que el catolicismo ha impuesto al matrimonio en la legis- laei6n civil: decia aquel persa que las legislaciones inflnidas por el catolicismo hacen del matrimonio algo tan raro, tan mis- terioso, tan absolute, tan diluido en el infinite, que l1... no comprendia nada... Ese juicio pintoresco, puesto en boca de un persa, refleja una verdad. El eristianismo, al reaccionar contra el matri- monio pagano, al elevar la condici6n de la mujer en la fami- lia, estrech6 tanto el lazo matrimonial, que lleg6 a lo absolute. El divoreio es tan antigno como el hombre. La prehisto- ria no ofrece siquiera la instituci6n de la familiar. Despues, la India y el Egipto milenmrios presentan el divorcio, insti- tuido desde sus mis remotas edades; pero un divoreio con ca- racteres violentos y repulsivos. Nos presentan el repudio las sociedades birbaras, y el repudio es una forma primitive e imperfecta del divoreio. MAs bien una expresi6n brutal del egoismo del hombre, y de su sensualidad hastiada. Frente a aquel desorden; frente a la religion pagana, ago- tada por falta de grandeza y de moralidad; frente al derecho antiguo, inspirado en la fuerza ciega, en la fuerza fisica del hombre, vino el cristianismo como formidable reacci6n espiri- tual de la especie humana, y su inmensa influencia en la civi- lizaci6n no es menester describirla ahora: todos la conoceis. El cristianismo cambi6 los polos del espiritu human, trans- form6 el concept de la desigualdad por la fuerza en igualdad ante Dios; abri6 un horizonte de ilimitadas esperanzas de fe- licidad y de dicha a los eselavos, a los desgraciados y a los de- biles, y entire esos debiles se encontraba la mujer, que fuA realzada y amparada. Al influir el critianismo sobre el con- cepto juridico y moral de la mujer, actu6 sobre ]a familiar, defendi6 su vigor, reaccion6 contra su anarquia y disoluci6n por medio del concept de las responsabilidades religiosas y de la legislaci6n que regulaba los matrimonios. El cristianismo prepare el establecimiento de la indisolubi- lidad legal del matrimonio en los primeros siglos de su exis- tencia, al ejercer su benefica acci6n sobre las costumbres. Transcurrieron various siglos de religion cristiana, sin que exis- tiera la indisolubilidad del vinculo matrimonial; pero la reac- ci6n iniciada por el cristianismo contra el regimen de la fami-