LA ORATORIA EN CUBA Del contrato, en el verdadero sentido de la palabra, no tiene mAs que la parte exterior; vea el senior Lanuza c6mo no soy radical en la material. Es una instituci6n, porque sir- ve de base a la organizaci6n social; pero en ella intervene la voluntad de las parties, luego es una instituci6n de forma con- tractual y es un contrato sui generis con base institutional SEs acaso, por ser instituci6n-y yo le quiero quitar para ar- gumentar la parte contractual-es acaso por ser instituci6n, impossible de romperse? Es eterna por ser instituei6n? To- dos los que han afirmado que es una instituci6n lo han hecho diciendo que por ser una instituci6n no podia romperse el vinculo; era algo que interesaba a la sociedad de tal manera, que el vinculo debia ser eterno y ni la voluntad de las parties ni la voluntad de la ley podian obtener la disoluci6n. Pero yo entiendo que como instituci6n puede romperse, puede te- ner su fin, aunque no sea por la muerte. Yo podria indicar- les a los sefiores Representantes, si quisieran largamente dis- cutir, e6mo otras instituciones del C6digo que no tienen nada de contractual, sin embargo, terminal por mandate de la ley. &Hay algo mis sagrado en el campo institutional que la pa- tria potestad, como que se basa en un vinculo natural? No puede perderse la patria potestad, senior Lanuza? jHay na- da mas firme, dentro de nuestras instituciones que la heren- ciat La herencia es la instituci6n bAsica de la sociedad ac- tual, porque es el fundamento de toda la propiedad indivi- dual; porque sin ella no habria tal propiedad, y sin embargo, la herencia encuentra su excepci6n en la desheredaci6n; y otros various casos que no voy a mencionar, y cito estos dos, que estin may ligados, porque estan dentro del derecho de familiar. Luego toda instituci6n, aunque sea de fundamento social o natural, puede encontrar, dentro de la ley, una solu- ci6n que no sea la muerte, algo que impida que un mal se siga haciendo, y asi acontece con el matrimonio, considerado como instituci6n social aun quitandole toda la parte contractual, que puede disolverse por mandate de la ley, cuando no resul- ta beneficiosa para los fines sociales, cuando no es convenien- te, sino inconvenient. Y el divorcio, pues, fijense bien los sefiores Representan- tes, es, en nuestro sentido, no una instituci6n frente al ma- trimonio, ni algo que le oponemos. Senior Cortina Garda: Un complement.