262 EVOLUCI6N DE LA CULTURAL CUBANA nario que se levanta en armas contra ese mismo principio de autoridad por aquellos hombres personificado? Y si todos esos hechos son inherentes, forman parte, integran los me- dios principles para consumer una rebeli6n, sea 6sta civil o military, c6mo es possible que se acusaran y condenasen a los oficiales del Ej&rcito que se alzaron en Camagiey contra el Gobierno no s6lo por el delito del articulo 56 de la Ley Pe- nal Militar, sino tambi6n y separadamente, por todos y ca- da uno de los hechos que en sus m6viles y en sus formas de ejecuci6n no reconocian otro motive, ni mis finalidad, que la del propio delito de rebeli6n? lNo es cierto, sefiores Re- presentantes, que esos fallos de los Consejos de Guerra, en cuanto a este aspect del problema se refiere, constituyen un grande y deplorable error judicial? Todos mis esfuerzos pa- ra evitar semejante violaci6n de la ley y de los preceptos juridicos sancionados a traves del tiempo por la prActica, fueron completamente esteriles: las sentencias se dictaron y asi estin ejecutariadas. Quiero, sin embargo, decir, que la responsabilidad de esos fallos, no puede, ni debe caer por complete, en los Jefts y Oficiales del Ej6rcito que integra- ron los Tribunales de aquellos Consejos de Guerra, porque su alejamiento complete del studio del Derecho no les obli- ga) a conocer ni aun estos principios elementales, aun cuan- do tambien es verdad, que dada la transcendencia de sus fa- llos, ellos debieron inspirarse, antes de resolver, en la voz y en el consejo autorizado de los hombres que en Cuba osten- tan con merecidos prestigious, una s6lida cultural professional. No puedo decir lo mismo, de ese Cuerpo juridico del Ejrci- to, copiosamente dotado y casi todo 61 constituido por j6ve- nes recien salidos de la Escuela de Derecho. Los Auditores del Ejercito tienen como especial misi6n asesorar e instruir a los Consejos de Guerra en todo cuanto se refiera a la me- jor y mis exacta interpretaci6n de las leyes militares y sus concordantes, y es realmente deplorable, que los que antes que el blas6n del Ejrcito, ostentan el titulo de doctors en la ciencia del Derecho, no hayan podido ilustrar a los jue- ces militares e impedir, con su buen consejo, la consumaci6n de esta series de errors judiciales. Y no penseis, seiiores Representantes, que la doctrine que acabo de exponeros en euanto a los delitos eonexos con el de rebeli6n, sea algo dificil de hallar en los textos mis elemen-