LR REFORmA COHSTITUCIOHRL Y LH PRORRO6RF DE PODERES FRFI6IEHTO5 del discurso pronunciado por el senador Ricardo Dolz y Arango en la sesidn celebrada, en el Senado de la Repiblica, el 13 de junio de 1927. Voy a tratar este Proyecto de Ley como un politico, tan politico realmente como el mas avezado de sus defensores; pero hacienda clasificaciones, colocando las cosas en su ver- dadero puesto, IlamAndolas por su verdadero nombre por duro que sea, que no sera culpa mia sino culpa de la realidad y de la verdad, sefialando los peligros, no filos6ficos, ni espe- culativos, sino reales, positives y pricticos, a que nos expone este Proyecto de Ley. El proyecto a discusi6n se compone de dos parties: refor- mas constitucionales y pr6rroga de poderes. Naturalmente, voy a dividir mi discurso en esas aos parties fundamentals. Reformas constitucionales. No soy de los que se espan- tan porque se ponga mano en la Constituci6n para reformar- la; me parece que en los tiempos modernos las constitucio- nes no pueden tener el concept que tenian en los tiempos pa- sados. Antes, tocar una Constituci6n era casi una herejia; se caminaba en todo muy despacio. Hoy que la vida es mu- cho mis aetiva, no me sorprende que las exigencias de la 6poca contemporanea, requieran cambios en las constituciones, con mis freouencia que las que requerian en tiempos anterio- res. El autom6vil, el aeroplano, el radio, la telegrafia sin hilos y el tel6fono a travis del oc&ano representan en la vida fisica lo que es el derecho en la vida juridica y social modern. No es possible que cuando un Lindbergh o un Chamberlin se trasladan