EVOLUCI6N DE LA CULTURAL CUBANA do de esto, sabe por el texto de nuestra Constituei6n que esti obligado a obedecer las leyes y que estA sometido a la autoridad, no s6lo de los Tribunales, sino de todas las demAs autoridades de la Repiblica; condici6n general en todos los paises eiviliza- dos, es verdad, y que como general, no tiene nada que pueda molester a nadie. (No estkn, pues, bastante defendidos los in- tereses nacionales? Nuestra misma Constituei6n, ino estable- ce implicitamente que el extranjero, en cuanto al derecho de residir en el territorio de la Repiblica y de no ser expulsado, no tiene condici6n igual a los cubanos? Lo establece con repetici6n. Dice en primer lugar la Ba- se relative a los extranjeros, que gozaran de los mismos dere- chos individuals que los nacionales, salvo los que se reco- nocen mnicamente a 6stos; y la Constituci6n prohibe que se extrafie a los ciudadanos, pero no prohibe que se expulse a los extranjeros. Este concept esta repetido en otra Base: la que habla de la suspension de las garantias individuals, que al limitar la acci6n del Poder Ejecutivo prohibe en absolute extrafar a los ciudadanos, pero no dice nada de los extranjeros. De mo- do que nuestra Constitucion, una vez suprimida--si se supri- me, como espero-la Base de que tratamos, creara aqui una si- tuaci6n igual a la de todos los pueblos, con la ventaja, desde el punto de vista de quedar resguardadas nuestras institu- ciones futures contra todo ataque y contra toda malevolencia de los extranjeros, de que lo que en otras naciones result s6lo de un principio general de dereeho international o de determi- nadas leyes, aqui resultara del texto de articulos constitucio- nales. De modo que la Base en nada cambia la situaci6n, en cuan- to a las facultades efectivas del Poder Ejecutivo de la Naci6n: nada le da que no tenga sin la Base. Pero en cambio tiene dos graves inconvenientes: lo que se presta a abuses y el efecto mo- ral que ha de producer aqui y fuera de aqui. Porque la Base, aunque no reeuerdo textualmente sus pa- labras, creo que dice lo siguiente: mejor serA que la lea: (Lee). Extranjero pernicioso. 1 Cuil es el extranjero pernicioso, es- to es, el extranjero que se consider pernicioso Y aqui del peligro y del abuso de esta facultad en manos de un Gobierno sobrado susceptible. & Quien ha de calificar el carter perni- cioso de los extranjeros? En que consiste que sean perni-