LA OBATORIA EN CUBA en la Constituci6n, si se deja para la Ley electoral? Como no es probable, mejor dicho, como no es possible suponer que den- tro de unos cuantos dias los sefiores delegados hayan dejado de opinar como piensan hoy, creo que no puede existir. el te- mor apuntado; creo que no cabe temer que omitido en la cons- tituci6n el sufragio universal, habria de ser rechazado en la Ley electoral que tenemos que hacer nosotros. Y conste que tampoco temo que el Gobierno interventor, dado el texto de la orden 301 de la series del aiio anterior, nos prive del derecho de hacer la Ley electoral. Como tampoco creo que debamos temer nada de las Cama- ras que elija el pueblo cubano cuando Cuba haya surgido ya a la vida de las naciones libres e independientes; porque no existe motive para suponer que los cubanos que en mayor ni- mero que nosotros y que con mayor ilustraci6n, quizs, que nosotros, han de componer esas Camaras, sean menos patrio- tas que los que estamos aqui en virtud de una elecci6n hecha por orden y bajo la autoridad del Gobierno interventor. Y si acaso ellos, los mis, entendieran que el sufragio uni- versal, por consideraciones del moment, por especiales cir- cunstancias que nosotros no podemos prever desde ahora, re- sulta inconvenient a los intereses del pais, por qu6 vamos a dificultarles nosotros, los menos, el ejercicio de su voluntad, tan ilustrada, tan patri6tica como puede serlo-no la mia, en cuan- to a ilustraci6n-sino la de mis distinguidos compafieros? Yo no temo al sufragio universal; yo no temo al ejercicio de ese derecho por el pueblo cubano, que ha dado ya y viene dando tan sefialadas pruebas de cordura y sensatez. Otros son mis temores; y esta es la consideraci6n que voy a someter aho- ra a la ilustraci6n de la Asamblea, como raz6n fundamental -aparte de lo que ya tengo recomendado en lo respective al m6todode mi oposici6n a que se lleve el asunto del sufragio a la categoria de precepto constitutional, y de mi solicitud en sentido de que se reserve asunto tal a la Ley electoral, pa- ra que en esta, habida cuenta a lo que exijan las circunstan- cias del moment, se establezca lo que, dentro de la realidad de las cosas, se entienda mAs provechoso a los intereses de la patria. Otros son mis temores, sefiores delegados; y esos temores nacen de lo que ya estA acordado por esta Convenci6n-y yo respeto-en punto tan grave como el relative a la naturaliza-