EVOLUCI6N DE LA CULTURAL CUBANA Y puesto que mi amigo el senior Alemin comprende, con su claro talent y reconocida ilustraci6n, que los derechos del hombre, que hasta los derechos que dimanan de la nacionali- dad, no pueden confundirse, juridicamente, con los derechos del ciudadano, pareceme que la l6gica le sefialaba, para tratar del sufragio, otro modo de proceder: propone la introducci6n en el Proyecto de Bases de una Secci6n especial y apartada- mente referida al sufragio universal, como el principal de los derechos, como el caracteristico que nace de la ciudadania. Esto hubiera sido atinado, procedente en cuanto a 16gica, si se pensaba que incurria en falta el Proyecto al omitir tratar del ciudadano, no definiendolo ni sefialando los derechos que le son propios. Y si asi se hubiese procedido, quizAs no me hubiera yo levantado para contradecir lo que, a tal respect, se ha traido al debate. Y digo simplemente quizds, porque-y ahora voy a tratar el asunto bajo otro aspecto-pareceme que es mis oportuno, mas prudent, mis previsor y, por tanto, mis convenient, de- jar a una ley todo lo relative a material de suyo tan opinable como el sufragio universal, que hacer figurar dicha material en el texto de nuestra Constituci6n, por las dificultades que ofre- ce el cambio o reform de los preceptos constitucionales, y por cuanto a la conveniencia pfiblica pudiera aconsejar en determi- nado moment, de mayor o menor urgencia, la modificaci6n, la restricci6n del derecho del sufragio. Todavia puede aducirse en contra de las tituladas enmien- das una consideraci6n que pudiera admitir la calificaci6n de intermedia; y es la siguiente: segin se deriva del texto de la orden en cuya virtud nos hallamos aqui reunidos los dele- gados del pueblo de Cuba, a la Convenci6n compete la redae- ci6n y adopci6n de la Ley electoral que ha de proveer a dicho pueblo de los funcionarios que la Constituci6n establezca y a los que habrA de hacerse, en su dia, el traapaso del Gobierno de nuestra naciente Repfiblica. Pues bien, si ello es asi por cuan- to asi se infiere de la orden que dejo invocada; si nosotros mis- mos, dentro de breves dias, somos los lamados a votar la men- eionada Ley electoral, &por qu6 no dejar para ella, integra, to- da la material electoral t Acaso los que defienden el sufra- gio universal-y conste, como antes dije, que no lo ataco-des- confian de si mismos y de sus compafieros hasta el punto de temer que el tal sufragio pueda malograrse si no se establece