MORALETICA DEL PERIODISMO "El Primer Congreso Nacional de Periodistas, proclama la res- ponsabilidad social del peri6dico que no ha de servir otros intereses que los de la colectividad. El periodista tiene el deber de cumplir su misi6n, sin mis culto que el respeto a la verdad; el gobierno el de amparar el pleno ejercicio de esta profesi6n; y el pueblo, el de exigir esta responsabilidad." CODIGO DE HONOR DE LA PRENSA DE AMERICA Los congresistas reunidos en Ciudad Mexico en la oportunidad ya citada -Mayo, 1941- votaron el siguiente c6digo: "El Congreso Nacional y Panamericano de la Piensa adopt como puntos fundamentals para el C6digo de Honor de la Prensa de America los siguientes enunciados: 19 La Prensa de America debe distinguir estrictamente la fun- ci6n informative de la funci6n ideol6gica y orientadora. 29 El cumplimiento honest y eficaz de la funci6n informative exige que los peri6dicos presented siempre una informaci6n objetiva y veraz. 39 Los peri6dicos deben abstenerse, en lo possible, de publicar noticias no confirmadas. Cuando publiquen simples versions o noticias no confirmadas, deben hacerlo constar asi. 49 Debe procurarse que las informaciones o declaraciones pro- venientes de personas ajenas a um peri6dico, sean acompaia- das con la menci6n clara de sus responsables, aunque se en- tiende que cuando el secret professional lo exija, el peri6dico puede muy bien mantener el secret de la procedencia de su informaci6n. 59 Toda informaci6nr o publicaci6'i p~gada debe ser conocida en ese caricter por el pfiblico. 60 Todo peri6dico es responsible de cuanto se inserted en el mis- mo, salvo que lo declare en contiario al hacer la publicaci6n que firme responsablemente persona ajena al mismo. 79 La inmunidad parlamentaria no debe cubrir la responsabili- dad civil en la Direcci6n de un peri6dico y much menos que 6sta haga pasar el dafo a segunds o tercera persona. 89 Toda injuria, calumnia o difamaci6n, deben ser objeto de una reparaci6n piblica y express poi parte del peri6dico respon- sable, que debe publicar las aclaraciones necesarias en lugar preferente hasta tanto el Tribunal competent no determine si ha obrado de mala fe. 99 Los peri6dicos deben de abstenerse de fomentar los vicious, estimular el crime y despertar la morbosidad de las gentes a trav6s de sus informaciones. 10. Ningun peri6dico debe prejuzgar sobre la culpabilidad o la inocencia de personas enjuiciadan por los Tribunales.