OCTAVICO D)E LA SCARE 1926, logr6 el 12 de ortubre de 1931 la realizaci6n de uno de sus fines. Ese dia, en el Palacio de la Paz (la Corte Interna- cional de Justicia), en La Haya, se llev6 a cabo la ceremonia inaugural del Tribunal de Honor para Periodistas. Los que se hallaban presents en el suntuoso sal6n en que se efectu6 el acto representaban a los periodistas de los 22 paises afiliados a la F.I.P., a los gobiernos de Holanda, Francia, Alemania, a la Liga de Naciones (Sir Eric Drummond envi6 un telegram de congratulaci6n), y a '" Oficina Internacional del Trabajo. El Principe Con--'- d& tl. ida ocupaba un sitio de honor. El discurso inau-r-al estuvo a ca.- del Dr.Beelaerts van Blok- land, Ministro de Relaciones Exterior, de Holanda, por ausen. cia de M. Aristide Briand, que se hallaba, a la saz6n, en Gine- bra. Se pronunciaron various discursos mis entire los que debe- mos sefialar los de Mr. Bernard C-J. Loder, primer Presidente del Tribunal y ex-Presidente da la Corte Internacional de Jus- ticia y el Dr. Kardorff, Vice-Presidente del Reichstag alemin, quien vino expresamente desde Berlin, para demostrar que su pais se daba cuenta de la importancia del acto. Seria muy ficil exagerar esa importancia y seria tambi6n fi- cil pero al mismo tiempo constituiria una acci6n cinica y vil, tratar do subestimarla. El Tribunal de Honor para Periodis. tas ha sido establecido para poner en acci6n el C6digo de Honor que, a partir de 1928, la F.I.P. confeccionara, despu6s de much pensarlo y discutirlo y ante el recelo de los pocos que alegan tener un concept realista de las tendencies hu- manas y nacionalistas. El C6digo, por consiguiente, tiene un alcance limitado. Para los idealistas quiza pueda significar muy poco. No obstante, el C6digo establece que el periodista que. a sabiendas, haga uso de documents o informes falsos, amaiiados o mutilados, para provocar un conflict international, debd ser presentado ante el Tribunal. Si este lo consider culpable pue- de, segfin el caso, hacerlo objeto de una reprimenda a declarar que no es persona apta para el desempeiio de la profesi6n de periodista y, en consecuencia, demandar su expulsion de la or- ganizaci6n national a que pertenezca, dindole al mismo tiempo publicidad al hecho. "Como tal penalidad pudiera resultar demasiado several, ya que privaria al periodista castigado de los medios de ganarse el sustento, se ban torado todas las medidas. destinadas a Im- pedir que casos sin mayor importancia sean sometidos al Tri- bunal". "Los FALSOS TESTIMONIOS, MOTIVES DE CULPABILIDAD. Los casos sometidos al Tribunal deben guardar relaci6n con asuntos de indole international. Ni el C6digo, ni el Tribunal de Ho- nor han sido creados con el prop6sito de impedir que un pe. riodista escriba lo que desea acerca de su pais, ya sea cierto o also, pues la F.I.P. entiende que el Gobierno y las leyes na-