78 OCTAVIO DE LA SUAREE 2) La publicaci6n de rumors y murmuraciones irresponsables o de las presunciones de un reporter relatives a un encar- tado pendiente de arrest o del fallo final de su caso. Indecencia. 1) Las noticias referentes a delitos cometidos por funcionarios piblicos en el ejercicio de su cargo deben atenerse exclusi- vamente a lo que result de los expedientes y documents oficiales. Ninguna presunci6n o conclusion de un reporter debe ser publicada aunque contenga todos los elements de una deducci6n correct. Estas conclusions o presunciones pueden publicarse en entrevista en que la identidad del entrevistado sea claramente consignada y si un editor desea establecer sus propias conclusions sobre el caso, debe ha- cerlo bajo su firma, ya que sus opinions personales no de- ben esconderse tras la impersonalidad del peri6dico. 2) Las noticias referentes a delitos cometidos por funcionarios de instituciones privadas deben atenerse a los hechos com- probados oficialmente, pero las parties interesadas pueden publicar sus sospechas y conclusions, siempre que, al pro- pio tiempo que se publiquen las acusaciones de una parte, se publiquen tambi6n las alegaciones de la otra. 3) En lo que respect a delito contra la moralidad privada, debe rechazarse la publicaci6n de cualquier report hasta que la denuncia o querella haya sido aceptada o el arrest hecho y, ain entonces, el report debe contener simple- mente un epitome de las imputaciones del denunciante y de los descargos del acusado, preferiblemente obtenidos de sus respectivos abogados. Murmuraciones sociales o escin- dalos, aunque sean ciertos, no deben ser publicados en re- laci6n con estos casos. Aunque los protagonistas de estos delitos sean personas prominentes, las noticias concernientes a delitos contra la moralidad privada no deben publicarse en primera plana y sus detalles deben ser restringidos lo mis possible. Ciertos crimenes contra la moralidad privada, que las- timan nuestros mis nobles sentimientos, deben ser igno- rados completamente. Sin embargo si un suceso de este tipo llega a conocimiento del pfiblico con exageraei6n da- flina, podemos hacer una informaci6n elemental en el len- guaje menos sugestivo. En ningCn caso debe ser destacada ni much menos elo- giada la audacia o valentia del delincuente. 4) Excepto en los casos en que el sospechoso haya escapade a la acci6n de la justicia, debe ser publicada su fotografia(72). (72) Promovido el debate en clase acerca de esta cuesti6n, el alum- no Silvio Guti6rrez Macun se manifest contrario a toda restricci6n en ese genero de publicidad, por entender que era ese el fnico medio efec- tivo que tenia la sociedad para conocer en efigie a los delincuentes y pre- venirse contra ellos; el alumno Evelio Telleria Toca abog6 porque se evitara esa publicidad a los autores o sospechosos de delitos no deshon-