DEL LENGUAJE VERNACULO DE CUBA nanzas s61o fueron puestas en vigor unos setenta afios despues de redactadas por el oidor con cuyo nombre se conocen en la historic del derecho cubano. "Asi hallamos los arts. 60 y 61, cuya claridad excusa todo eomentario. "60.-Que porque muchos se sirven de sus esclavos y no les dan de comer y vestir para czdbrir las cares, de to cual se sigue que los tales esclavos andan a hurtar de las estancias comarcanas para comer, y de los tales malos tratamientos vienen a se alzar y andar fugitives: ordenamos y mandamos que todos los que tuvieren negros en estancias, hatos o criaderos de puer- cos y otras cosas, les din comida suficiente para el trabajo que tienen, que asimismo les din dos pares de zaragiielles o camise- tas de caliamazo cada ato por lo menos, y, no les den castigos escesivos, y crueles, y que para ver si se les cumple esto, y como son rtratados, los alcaldes de esta villa, el uno el mes de marzo y el otro el mes de octubre, sean obligados a visitor los hatos y estancias; de informarse del tratamiento de los dichos negros; si les han dado la dicha comida y calona, y si hallared negros incorregibles, y que alteran los otros, mandar a su amo los saque a vender fuera de la tierra. "61.-Porque hay muchos que tratan con gran crueldad sus esclavos, azotindolos con gran crueldad y MECHENDOLOS CON DIFERENTES SPECIES DE RESINA, y LOS ASAN, y hacen otras crueldades de que mueren, y quedan tan castigados y amedren- tados que so vienen a matar ellos, y a echarse a la mar, o a huir o alzarse y con decir que matM a su esclavo no se precede contra ellos: que el que tales crueldades y escesivos castigos hiciere a su esclavo, la justicia lo compel a que to venda el tal esclavo y le castigue conform al esceso que en allo hubiere fecho." Aun MECRAR, si en sentido propio tomamos el vocablo, debi6 de ser crueldad mayor que el simple lardamiento con pringue hirviendo, pues MECHAR tanto dice como "introducir mechas de tocino gordo en las carnes." Bien pudo usarse asi, pues en aquellos tiempos los casos de sevicia no eran raros en estas colonies, aun cuando no legasen a la barbarie de otras colonies no hispanas.