LEGISLATION rior, se publicar&n, ademas, en un peri6dieo impreso y en otro radiado, de cada pro- vincia, a elecei6n del Seeretario del Trabajo. La publicaci6n de los anuncios sera por cuenta del Directorio. Articulo 25.-Las reuniones mencionadas, seran presididas por el Secretario del Trabajo o por el funcionario de categoria de Jefe Superior de Administraei6n, por lo menos, que el mismo design antes de la fecha sefialada para la elecci6n y actua- ri de Seeretario en cada reuni6n, uno de los Asesores Juridicos de la propia Secre- taria, designados por el Director Jefe de dicho departamento, antes del dia sefialado para el acto. Articulo 26.-La mesa se constituirf para dar comienzo al acto, a la hora sefia- lada en la convocatoria. El funcionario que presida, requerirf a las personas presents, que exhiban sus respectivas credenciales. Y una vez aceptadas 6stas, por reunir los requisitos le- gales, a juicio de quien presida el aeto, oido el parecer del Asesor actuante, el Se- cretario procedera a la formaci6n de una list de electores, en la que se insertarAn los nombres de los representantes de empress o de asociaciones presents y el nfimero de votos que correspond a Eada uno, de acuerdo con las relaciones certifi- cadas a que se refiere el articulo 23. Una vez confeccionada la list, proceder. a entregar a eada elector, tantas boletas como votos correspond, a la representaci6n que ostente. Articulo 27.-Las boletas seran en hoja de papel blanco, de nna limiensi6n de ocho y media por once pulgadas, y en las mismas constarf el nombre le la empresa o asociaci6n con derecho al voto, la localidad en que esti radicada y el nombre de su representante que habr& de emitir el voto. Dichas boletas podrAn ser impresas. mimeografiadas o escritas a iniquiina o a mano. Articulo 28.-La elecci6n se verificar6, sea 'ual fucre el nimerot de represen- tantes concurrentes. Si quince minutes despu6s de la hora sefialada para la elecci6n, no Iubiere con. currido persona alguna, eapaeitada para tomar parte en la inisma, se suspenders el acto y sin necesidad de nueva convocatoria, se vorifiearf a la misma hora, el quinto dia hfbil subsiguiente al de la suspension. Articulo 29.--La votaci6n comenzarf una hora dc.pu6s de la fijada tn la con- vocatoria, para dar comienzo a la reunion. Cada representante elector, tendrA derecho a votar por dos delegadlos, si se trata de las empresas de la Ciudad de la Habana y por un delegado, cuandlo se re- fiera a otra elecci6n. El elector firmar& sus boletas y las doblara antes de depositarlas en la urna. Y se consideraran nulas, aquellas en que no se cumiplieren los requisitos sefialados. Articulo 30.-Los votantes serin Ilamados por (c Secretario para ilepositar las boletas en la urna, de acuerdo con ia relaci6n o list a que se refiere el articulo 26, una vez abierta. la votaci6n por el Presidente. Articulo 31.-E1 escrutinio se harl por la mesa, a presencia de todos los con- eurrentes, e inmediatamente despu6s de haber depositado sus boletas en la urna el iltimo elector. Articulo 32.-Serfn nulas las boletas que contengan mns nombree que el ndunero de delegados, objeto de la eleecrin. Si en la urna aparecieren infs boletat que el nfniero de'votos que correspondla XXXVII