RETIRO DE PERTODISTAS do a que Ileg6 la Federaci6n Internacional de Periodistas, en Marzo de 1927 in- eluia el principio de una regla que detallara las horas de trabajo. TRABAJO NOCTURNO. Muchos peri6dicos, quizAs la mayoria, aparecen en la maiana, lo que signi- fica que su redacci6n, debe trabajar principalmente durante la noehe. En mu- chas redacciones, la mayor cantidad de trabajo se realize con luz artificial. Los periodistas que laboran en esos peri6dicos estan expuestos a todas las inconve- niencias del trabajo nocturno: peligros para la salud, desarreglos de la vida fa- miliar, etc., etc. Cuando son empleados por peri6dicos de varias ediciones, algu- nas en la mafana y otras en la tarde, se intent siempre dejar el trabajo de dii y el de noehe sobre aquellos que son aptos de excederse en el esfuerzo, a menos que la labor sea demasiado larga para permitir organizarla en una especie de rotaci6n, como hacen las mayors agencies de noticias donde el trabajo es con- tinuo dia y noehe, con relevos cadae ocho horas. No ha de sorprender por tanto que se haya intentado obtener la rJu-eulaci6n del tiempo y los m6todos del trabajo nocturno, al igual del trabajo diurno. Hay de todas mancras varies paises en los que no existen regulaciones sobre este ex- tremo y en los cuales todo se deja a la costumbre o a los arreglos individuals. A continuaci6n damos en rfpidas manifestaciones la situaci6n en diversas na- ciones. En Australia, en el acuerdo colectivo, existe una clAusula que se refiere al trabajo nocturno, segfin lh cual, la semana de trabajo no debe exceder de eua- renta horas, pudienmo alargarse hasta cinco noches para los periodistas que tra- bajan ordinariamente de noche. Estos tienen que tener libres desde las 5 a.m. a las 5 p.m. El miximo. de las 40'horas, no se aplica a las ediciones dominicales, de los peri6dicos de la tarde, en este case es de 46 horas. Dicho acuerdo deter- mina que el trab-jo nocturno sera aquel en el cual se trabaje mis intens:mente desde las 8 p.m. a las 6 a.m. En dias en quo el periodista toma su medio dia libre, segun el acuerdo an- tes citado, pueden exigirsele cuatro horas de trabajo, las cuales podrA realizar por ]a mafiana o por la tarde a menos que el medio dia inmediato preceda o siga al dia complete de descanso que tambi6n se le concede; en este caso iinico, las cua- tro horas podra trabajarlas de noche entire las 7 p.m. y las 12 de la noche. Los periodistas Austriacos, han obtenido ciertas regulaciones referentes al trabajo nocturno, segfn el acuerdo colectivo, actualmente en vigor. Ellos prcvie- nen que no podrAn utilizarse los mismos periodistas en trabajos de dia y de no- che. Indican que quienes son empleados regularmente en los trabajos noctur- nos, y cuyos trabajos son prolongados hasta las 12.30 a.m. no podrAn ser utili- zados en la tarde siguiente -antes de las horas ordinarias de trabajo- excep- tuAndose los lunes y los dias que sigan a los que ha torado de descanso. Solamente los miembros de la redacci6n de noche que no comienzan el tra- bajo antes de las 10.30 estfn exeluidos de ese precepto. Ellos no pueden ser em- pleados en ningdn trabajo antes de las 12.30 p.m. exceptutndose ademnas los lunes y dias que siguen a los del deseanso.