RXTIBO DE PERIODISTAS la Uni6n de Trabajadores de la Prensa, que en un acuerdo firmado hace mfa de veinte afio con los peri6dicos del partido Social-Democritico, fijaron las horas dia- rias en la redacci6n en un mxximo de 8eia. En Gran Bretafia, la duraci6n del trabajo no se regular por las leyes. Acuer- dos colectivos del personal de los grandes peri6dicos de Londres y de las Agen- cias de noticias, han fijado limits. Estableeen esos acuerdos la semana de eineo dias y medio, cada uno de oeho horas o sea 44 horas incluyendo el tiempo de las comidas, para los escritores y fot6grafos. Hablando en t6rminos genera- les, las horas de trabajo de los reporters no deben exceder de 40 a la semana a no ser que el trabajo se efectde dentro de la ciudad. En Hungria, los periodistas no se benefician con regulaci6n alguna al res- pecto, pues tienen la creencia de que las horas de trabajo del periodista no pue- den ser objeto de estipulaciones rigidas y no reglamentan nada en este asunto. En Italia, no se ha pensado necesario buscar reglas explicitas, en relaci6n a las horas de trabajo. Ellos entienden que tales regulaciones no podrian ser po- sible en una profesi6n en la que el tiempo dedicado al trabajo es invertido en diversos lugares y varia no s61o con el lugar y con el asunto asi como con el in- dividuo y la clase de trabajo encomendada a 61; de ahi que, acuerdos colectivos que han hecho, declared meramente que la empresa puede establecer una tabla de tiempo si lo estima necesario. Ni en Jap6n, ni en Latvia, hay reglamentaci6n para las horas de trabajo de los periodistas. Ha sido impossible obtener informaci6n concerniente al dia de trabajo, que varia considerablemente. En Luxemburgo, los periodistas estfn sujetos al Acta de Octubre 31 de 1919, que regular las horas de trabajo de todos los empleados. En virtud de cuya see- ei6n VI el dia de trabajo official, es de ocho horas. El1 exceso de ellas se paga por una tarifa mas alta que la normal. Como una gran parte del trabajo se hace en el domicilio del trabajador, es muy raro que el periodista cubra su horario de oecho horas en la redacci6n. En realidad, so presencia en ella dificilmente ex- cede de seis horas. En Holanda, no hay reglamentaci6n, ni tampoco costumbre general de nin- guna clase. No hay reglamento en Polonia, si bien es cierto, que algunas clausulas de oi Ley del Periodismo, que fu6 Ilevada a la Dieta, tiene referencias a las horas lIc trabajo y dentro de sus t6rminos, se establecen los contratos colectivos para re- gir las relaciones entire empresas y periodistas, en los que debe especificarse las horas obligatorias de servicio. La duraci6n normal de la jornada es de seis horas. El convenio coleetivo actualmente en vigor en Varsovia, no hace refereneia al respect. En Portugal y en Rumania, los periodistas trabajan regularmente de aeuerdo con el cargo y las circunstaneias, sin que haya regulaci6n de horas. En el Reino Servo-Croata-Sloveno, el Decreto de 25 de Septiembre de 1926 que determine el Estatuto de los periodistas, no dice nada sobre las horas de trabajo. Las horas de trabajo de los periodistas en Espafia, no se rigen por reglas fijas y varian considerablemente. En algunos casos, los periodistas van a la redacci6n dos o tres horas al dia y el resto laboran en sus casas, pero en otros, sus horas de redacci6n pasan de ocho al dia. Trabajan usualmente de 6 a 9 p.m.